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Preguntas frecuentes

¿Cuál es el plazo dentro del cual se dará respuesta a mi  Reclamo - Queja ?
La Gerencia de Defensoria del Contribuyente tiene el encargo expreso de contactarse a la brevedad con usted a fin de indicarle las acciones a seguir y tiempo prudencial de atención, según cada caso, para lo cual considerará un plazo máximo de 30 (treinta) días hábiles.
¿La presentación del Reclamo - Queja suspende cualquier acción de cobranza o auditoría en trámite, o la aplicación de una sanción?
No, la presentación de un reclamo - queja no detiene o pospone cualquier acción legal que la SUNAT haya iniciado.
Asimismo, debe tener presente que la formulación de la Queja o Sugerencia no suspende ni interrumpe el transcurso de los plazos establecidos por Ley para la tramitación de cualquier procedimiento; ni condicionan el derecho de los administrados para ejercitar otras acciones legales.
¿Existe algún costo para presentar un Reclamo - Queja o Sugerencia?
La presentación, consulta y/o resultado de un Reclamo - Queja o Sugerencia son totalmente gratuitos. 
¿Se requiere la firma de abogado para presentar un Reclamo – Queja?
No es necesario, por lo que puede hacerlo al administrado directamente.