Precisar si se encuentra vigente el Decreto Supremo Nº 168-94-EF que reglamenta la inafectación del Impuesto General a las Ventas a los pasajes internacionales adquiridos por la Iglesia Católica para sus agentes pastorales.

DIRECTIVA Nº 003-98/SUNAT

Lima, 09 de marzo de 1998.

MATERIA:

Impuesto General a las Ventas - Vigencia del Decreto Supremo Nº 168-94-EF.

OBJETIVO:

Precisar si se encuentra vigente el Decreto Supremo Nº 168-94-EF que reglamenta la inafectación del Impuesto General a las Ventas a los pasajes internacionales adquiridos por la Iglesia Católica para sus agentes pastorales.

BASE LEGAL:

-    Decreto Legislativo Nº 775 -Anterior Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo.

-    Decreto Supremo Nº 168-94-EF

-    Decreto Legislativo Nº 821 - Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo.

-    Decreto Supremo Nº 136-96-EF Norma que sustituye el Título I del Reglamento del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 29-94-EF.

ANALISIS:

El inciso h) del artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 775 establecía que no se encontraban gravados con el Impuesto General a las Ventas, los pasajes internacionales adquiridos por la Iglesia Católica para sus agentes pastorales, según el Reglamento que debía expedírse para tal efecto.

Así en aplicación a lo señalado en el párrafo precedente, mediante Decreto Supremo Nº 168-94-EF publicado el 29 de diciembre de 1994 se reglamenta la mencionada inafectación.

Posteriormente, con fecha 23 de abril de 1996 se publica el Decreto Legislativo Nº 821, nueva Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, la cual recoge en el inciso h) del artículo 2º, la inafectación contemplada en el Decreto Legislativo Nº 775, a los pasajes internacionales adquiridos por la Iglesia Católica para sus agentes pastorales.

De otro lado, el primer párrafo de la Décimo Sétima Disposición Final del Decreto Supremo Nº 136-96-EF, señala que se mantienen vigentes las normas que reglamentan los mencionados Impuestos, en tanto no se opongan a lo establecido en dicho dispositivo.

En tal sentido al ser el Decreto Supremo Nº 168-94-EF una norma reglamentaria del Impuesto General a las Ventas y al no oponerse a las normas que regulan dicho impuesto, consideramos que el mismo se mantiene vigente.

 

INSTRUCCIONES:

El Decreto Supremo Nº 168-94-EF se encuentra vigente.

 

Regístrese, comuníquese y publíquese

JORGE FRANCISCO BACA CAMPODONICO
Superintendente