OFICIO N° 193-96-I2.0000

Lima, 28 de Agosto de 1,996

Señor Ingeniero
RAUL GARCIA BLASQUEZ CANALES
Director Ejecutivo Nacional del Servicio Nacional
de Capacitación para la Industria de la Construcción
Presente.-

Referencia : Oficio N° 508-96-MTC/SENCICO-05.00

Me dirijo a usted en atención al documento de la referencia, mediante el cual consulta sobre el sujeto pasivo de la contribución al Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción (SENCICO) en los subcontratos de construcción.

Al respecto, esta Intendencia considera que tratándose de los subcontratos de construcción los subcontratistas están gravados con la contribución al SENCICO, por las siguientes razones:

De acuerdo al artículo 21° del Decreto Legislativo N° 147, Ley de Organización y Funciones del SENCICO, dicha contribución grava a las personas naturales y jurídicas que desarrollen actividades industriales comprendidas en la Gran División 5 de la Clasificación Internacional Industrial Uniforme -CIIU- de las Naciones Unidas por el total de los ingresos que perciban por concepto de materiales, mano de obra, gastos generales, dirección técnica, utilidad y cualquier otro elemento facturado al cliente, cualquiera sea el sistema de contratación de obras.

Como puede apreciarse, la contribución al SENCICO grava la totalidad de los ingresos que perciban las personas naturales o jurídicas que realicen alguna actividad de construcción cualquiera sea el sistema de contratación de obras.

En tal sentido, están gravados con la contribución al SENCICO tanto el contratista como los subcontratistas por los conceptos que facturen a sus clientes, en la medida que realicen alguna de las actividades señaladas en la Gran División F del CIIU (Revisión III).

De esta forma, en los subcontratos de construcción el sujeto pasivo de la contribución es el subcontratista, estando gravado con la tasa del dos por mil (2 o/oo) por la totalidad de los montos que perciba.

Hago propicia la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi especial consideración.

Atentamente,

MAURICIO MUÑOZ-NAJAR BUSTAMANTE
Intendente
Intendencia Nacional Jurídica


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