SUMILLA: Tratamiento tributario del Impuesto a la Renta para los ejercicios de 1993 a 1998, respecto de las pensiones que tienen su origen en el trabajo, incluyendo las de sobrevivientes.

OFICIO N° 217-2003-2B0000

Lima, 20.5.2003

Doctora
María B. Cabello Arce

Fiscal Provincial
Sexta Fiscalía Provincial Penal de Lima

Presente

 

Ref: Oficio N° 589-2001-26FPPL-FN-MP

Es grato dirigirme a usted en atención al documento de la referencia, mediante el cual su Despacho solicita se le remita un informe en el cual se precise lo siguiente:

  1. Si durante el ejercicio fiscal de 1993 a 1998, existió algún dispositivo legal en materia tributaria que exonere del Impuesto a la Renta, a las pensiones que tienen su origen en el trabajo.

  2. Si la exoneración del Impuesto a la Renta a las pensiones que tienen por origen el trabajo previstas en la Ley N° 24405, se encontraba vigente durante el período de 1993 a 1999 y, en todo caso, de ser negativa la respuesta, se indique cuándo fue derogado dicho dispositivo.

Además, señala que un informe similar al que se está solicitando fue remitido por la Gerencia de Dictámenes Tributarios de la Intendencia Nacional Jurídica a la Dirección de Economía de la Policía Nacional del Perú, mediante el Oficio N° 039-2000-KC0000, de fecha 17.4.2000.

Sobre el particular, cabe indicar que toda vez que consultas similares a las planteadas con el documento de la referencia, fueron anteriormente absueltas mediante el aludido oficio, cuya copia se adjunta, y habiéndose efectuado un nuevo análisis de las mismas, esta Intendencia Nacional se ratifica en todos los términos de la respuesta que se brindó a las referidas consultas mediante el citado oficio.

Aprovecho la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi especial consideración y estima.

Atentamente,

ORIGINAL FIRMADO POR
CLARA URTEAGA GOLDSTEIN
Intendente Nacional Jurídico

 

 

 

 

NCF
29-AO471-D3
IMPUESTO A LA RENTA: Exoneración a pensiones.
II. IMPUESTO A LA RENTA
5. EXONERACIONES