SUMILLA: 

Carecería de sustento jurídico considerar que para declaraciones de importación numeradas bajo la vigencia del Sistema de Franja de Precios, establecido mediante Decreto Supremo N° 115-2001-EF, resulte también de aplicación el Sistema de Derechos Específicos establecido por Decreto Supremo N° 016-91-AG, pues este último ha sido derogado tácitamente por el primero.  

MEMORÁNDUM N° 73-2009-SUNAT/2B4000 

 

A

:

IVAN GENARO LEDESMA VILCHEZ
Gerente de Fiscalización Aduanera (e)

 

DE

:

CARMELA PFLUCKER MARROQUÍN
Gerente Jurídico Aduanero (e)

 

ASUNTO

:

Aplicación del Sistema de Franja de Precios

 

REF.

:

Memorándum N° 94-2009-SUNAT/3B2000

 

FECHA

:

Lima, 04 de marzo de 2009

 

 

Me dirijo a usted en atención a su comunicación de la referencia, mediante la cual formula dos consultas relacionadas con el cobro de tributos sobre Declaraciones Únicas de Aduana numeradas con fechas 02 y 06 de julio de 2001, considerando que a dichas fechas regían, es decir se encontraban vigentes, tanto el Sistema de Derechos Específicos, establecido con el Decreto Supremo N° 016-91-AG, como el Sistema de Franja de Precios, establecido con el Decreto Supremo N° 115-2001-EF.

 

Sobre el particular, resulta necesario precisarle que si bien en el Oficio N° 283-2006-SUNAT/300000 se indica que el Decreto Supremo N° 115-2001-EF no derogó expresamente el Decreto Supremo N° 016-91-AG, ello no significa en modo alguno que este último se mantenga vigente, pues en este caso ha operado el mecanismo de derogatoria tácita. En efecto, el mismo Oficio citado señala que el Decreto Supremo N° 115-2001-EF en su artículo 11° derogó todas las disposiciones que se le opusieran, aludiéndose obviamente al contenido normativo del Decreto Supremo N° 016-91-AG, cuyos criterios y metodología resultan distintos a los del Sistema de Franja de Precios.

 

En ese sentido, carecería de sustento jurídico considerar que para declaraciones de importación numeradas bajo la vigencia del Sistema de Franja de Precios, establecido mediante Decreto Supremo N° 115-2001-EF, resulte también de aplicación el derogado Sistema de Derechos Específicos.

 

Atentamente,

 

Original firmado por

Carmela Pflucker Marroquín

Gerente Jurídico Aduanero (e)

Intendencia Nacional Jurídica