SUMILLA:
Carecería
de sustento jurídico considerar que para declaraciones de importación
numeradas bajo la vigencia del Sistema de Franja de Precios, establecido
mediante Decreto Supremo N° 115-2001-EF, resulte también de aplicación el
Sistema de Derechos Específicos establecido por Decreto Supremo N° 016-91-AG,
pues este último ha sido derogado tácitamente por el primero.
MEMORÁNDUM
N° 73-2009-SUNAT/2B4000
A |
: |
IVAN
GENARO LEDESMA VILCHEZ
|
DE |
: |
CARMELA
PFLUCKER MARROQUÍN |
ASUNTO |
: |
Aplicación
del Sistema de Franja de Precios
|
REF. |
: |
Memorándum
N° 94-2009-SUNAT/3B2000 |
FECHA |
: |
Lima,
04 de marzo de 2009 |
Me
dirijo a usted en atención a su comunicación de la referencia, mediante la
cual formula dos consultas relacionadas con el cobro de tributos sobre
Declaraciones Únicas de Aduana numeradas con fechas 02 y 06 de julio de 2001,
considerando que a dichas fechas regían, es decir se encontraban vigentes,
tanto el Sistema de Derechos Específicos, establecido con el Decreto Supremo N°
016-91-AG, como el Sistema de Franja de Precios, establecido con el Decreto
Supremo N° 115-2001-EF.
Sobre
el particular, resulta necesario precisarle que si bien en el Oficio N°
283-2006-SUNAT/300000 se indica que el Decreto Supremo N° 115-2001-EF no derogó
expresamente el Decreto Supremo N° 016-91-AG, ello no significa en modo alguno
que este último se mantenga vigente, pues en este caso ha operado el mecanismo
de derogatoria tácita. En efecto, el mismo Oficio citado señala que el Decreto
Supremo N° 115-2001-EF en su artículo 11° derogó todas las disposiciones que
se le opusieran, aludiéndose obviamente al contenido normativo del Decreto
Supremo N° 016-91-AG, cuyos criterios y metodología resultan distintos a los
del Sistema de Franja de Precios.
En
ese sentido, carecería de sustento jurídico considerar que para declaraciones
de importación numeradas bajo la vigencia del Sistema de Franja de Precios,
establecido mediante Decreto Supremo N° 115-2001-EF, resulte también de
aplicación el derogado Sistema de Derechos Específicos.
Atentamente,
Original
firmado por
Gerente
Jurídico Aduanero (e)
Intendencia
Nacional Jurídica