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2.4 MERCANCIAS CONTENIDAS EN PEQUEÑOS PAQUETES Y
ENCOMIENDAS POSTALES
La adjudicación de las mercancías contenidas en
pequeños paquetes y encomiendas, que no hayan podido ser
entregados a su destinatario y que hayan sido
abandonados por su expedidor, procede conforme a lo
establecido en la Ley General de Aduanas, previa
notificación al destinatario en su calidad de
consignatario, siendo de aplicación lo establecido en el
numeral 2.2 precedente. |
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