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CIRCULAR ANEXA

ESTADO: DEROGADO

Callao, 28.JUN.2000


CIRCULAR Nº INTA-CR.106

Señor
Intendente de Aduana
Presente.-

Asunto : Formato de Servicio de Despacho Aduanero.

Referencia : Procedimiento de Exportación Definitiva INTA-PG.02, Despacho Simplificado de Exportación INTA-PE.02.01, Retorno de Mercancías INTA-PE.02.02, Depósito de Aduana INTA-PG.03, Importación Temporal INTA-PG.04, Exportación Temporal INTA-PG.05, Admisión Temporal INTA-PG.06, Tránsito INTA-PG.08, Transbordo INTA-PG.11, Reembarque INTA-PG.12, Tiendas Libres (Duty Free) INTA-PG.17 y Rancho de Nave INTA-PG.18.
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Habiéndose determinado en el marco del Sistema de la Calidad de Aduanas, establecer un formato único mediante el cual se acredite el pago de la Tasa por servicio de despacho aduanero, en los diferentes regímenes, destinos especiales y operación aduanera de la referencia; en uso de la facultad conferida por Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 001322 y Nº 001323, del 16.DIC.99, sírvase tener presente y hacer de conocimiento al personal de la Intendencia a su cargo, lo siguiente:

1. Desde el 03.07.2000, el pago de la Tasa por servicio de despacho aduanero en cada régimen, destino especial u operación aduanera de la referencia, se acreditará mediante la presentación del Formato denominado "Servicio de Despacho Aduanero", debidamente llenado en original.

2. El referido Formato será oportunamente distribuido por la Intendencia Nacional de Administración a las diferentes Aduanas de la República, las mismas que expedirán el citado documento conjuntamente con el Comprobante de Pago correspondiente.

3. ADUANAS expedirá el número de formatos de acuerdo al número de servicios de despacho efectivamente cancelados con el Comprobante de Pago; en este último documento, se consignará el número del Formato entregado o el rango de números de los mismos, de ser el caso. Cada Formato amparará el pago de la mencionada Tasa por Declaración presentada.

4. Déjese sin efecto la Circular Nº INTA-CR.77, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 12.02.2000.

Atentamente,

Original firmado por
Sr. Miguel Arriola Luyo
Intendente Nacional de Técnica Aduanera

"DISTIBUCION EXTERNA"

MAL/ARZ/PCD/MTV
C-27.06.00
CIRC-FSDA


 

 

F. Vigencia: 28.06.2000 F. Publicación: 01.07.2000 F.Derogación: 23.02.2001