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CIRCULAR ANEXA

ESTADO: VIGENTE

Callao, 20.JUN.2001

CIRCULAR Nº INTA- CR. 32 .2001

Señor
Intendente de Aduana
Presente.-

Asunto : Dejar sin efecto Circular Nº INTA -CR.029.2001

Referencia : Procedimiento de Importación Definitiva INTA-PG.01


En uso de las facultades conferidas por Resoluciones de Superintendencia de Aduanas Nº 001322/99 y 000447/2001, sírvase tener en cuenta lo siguiente:

1.- Déjese sin efecto la Circular Nº INTA -CR.029.2001 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de Mayo del 2001 mediante la cual se estableció que las declaraciones sujetas al Sistema Anticipado de Despacho Aduanero y Despachos Urgentes correspondientes al régimen de Importación Definitiva, podrán ser seleccionadas a canal verde.

2.- Las declaraciones sujetas al Sistema Anticipado de Despacho Aduanero y Despachos Urgentes seleccionadas a Canal Verde, numeradas durante la vigencia de la Circular Nº INTA-CR.029.2001 continuarán con el trámite dispuesto en la referida circular hasta su regularización.

La presente circular entrará en vigencia a partir del 21 de junio del 2001.

Atentamente,

Original Firmado Por:
ANA MARIA ROJAS ZAPANA
Intendente (e) Nacional de Técnica Aduanera


"Distribución Externa"

 

 

F. Vigencia: 21.06.2001 F. Publicación: 22.06.2001 F.Derogación: 00.00.0000