Callao, 26.JUN.2001
CIRCULAR Nº INTA-CR. 34
.2001
Señor Intendente de Aduana Presente.-
Asunto : Circular Nº INTA -CR.031.2001
Referencia : Procedimiento Específico
INTA-PE.00.08
Habiendo solicitado la
Asociación de Almacenes Generales de Depósito - APALGEN una prórroga para la
entrada en vigor de la Circular Nº INTA-CR.031.2001 publicada en el diario
Oficial El Peruano el 01.06.2001 referida a las especificaciones técnicas
mínimas de equipos de cómputo y comunicación de datos que deben contar los
Almacenes Aduaneros; en uso de las facultades conferidas por Resoluciones de
Superintendencia de Aduanas Nº 001322/99 y 000447/2001, sírvase tener en
cuenta lo siguiente:
Prorróguese la entrada en
vigencia de la Circular Nº INTA-CR.031.2001 hasta el 16.07.2001.
Atentamente,
ANA MARIA ROJAS ZAPANA Intendente (e)
Nacional de Técnica Aduanera
"Distribución Externa"
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