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CIRCULAR ANEXA

ESTADO: VIGENTE
 

Callao, 05 de enero de 2001


CIRCULAR Nº INTA-CR.04

Señor
Intendente de Aduana
Presente.-

ASUNTO : Aplicación de preferencias arancelarias del Convenio de Aceleración y Profundización del Libre Comercio y su Instrumento de Ejecución entre Perú y Ecuador
REF. : Procedimiento INTA.PE.01.11 Versión 1

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De conformidad con el Facsímil Nº 008-2001-MITINCI/VMINCI-DNINCI del 04 de enero de 2001 de la Dirección Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del MITINCI; y estando a la delegación de funciones conferidas en las Resoluciones de Superintendencia Nacional de Aduanas No. 001322, 001323 del 16.DIC.1999, y 000001 del 02.ENE.2001, sírvase tener presente y hacer de conocimiento del personal de esa Intendencia lo siguiente:

1. Aplíquese a las importaciones originarias y procedentes del Ecuador. las preferencias arancelarias fijadas a partir del 31 de diciembre de 2000 en el cronograma de liberación establecido en la Decisión 414 de la Comisión de la Comunidad Andina conforme al Convenio de Aceleración y Profundización del Libre Comercio y su Instrumento de Ejecución entre Perú y Ecuador, publicado con Decreto Supremo Nº 012-99-ITINCI.

2. En consecuencia, procede la devolución de las fianzas presentadas por las importaciones que hayan garantizado los derechos liberables en aplicación del citado cronograma de liberación.

Atentamente,

 

ANA MARIA ROJAS ZAPANA

Intendente Nacional de Técnica Aduanera (e)

 

"DISTRIBUCION EXTERNA"

 

F. Vigencia: 31.12.2000 F. Publicación: 08.01.2001 F.Derogación: 00.00.0000