Callao, 01 de febrero de
2002
CIRCULAR Nº INTA-CR- 011- 2002
Señor Intendente de Aduana Presente.-
ASUNTO : Derogación de
DD.SS. Nº 001 y 003-2002-ITINCI que establecían la suspensión de la aplicación
del Protocolo Modificatorio del Convenio de Cooperación Aduanera Peruano
Colombiano para la importación de ciertos aceites
De conformidad con el Decreto Supremo Nº 005-2002-PCM, publicado en
el Diario Oficial El Peruano el 28 de enero de 2002, que deroga los Decretos
Supremos Nº 001 y 003-2002-ITINCI; y estando a la delegación de funciones
conferidas en la Resolución de Superintendencia de Aduanas N° 0001065 de
18.OCT.99, sírvase tener presente y hacer de conocimiento del personal de esa
Intendencia lo siguiente:
1. Restitúyase a
partir del 29 de enero de 2002 la aplicación del Protocolo Modificatorio del
Convenio de Cooperación Aduanera Peruano Colombiano para la importación de
productos clasificados en las subpartidas nacionales 1507.90.00.00,
1512.19.00.00 y 1515.90.00.00, que fuera suspendida mediante Decretos Supremos
Nº 001 y 003-2002-ITINCI.
2. Déjese sin efecto lo señalado en la Circular INTA-CR-005-2002
del 09 de enero de 2002.
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