<-- Retroceder

CIRCULAR ANEXA

ESTADO: VIGENTE

CIRCULAR Nº 021 -2005/SUNAT/A

Callao 20 de setiembre de 2005

1. MATERIA              :    Aplicación de Gravamen Adicional Ad/valorem CIF de 29% a productos originarios y procedentes de Colombia y Venezuela

2. OBJETIVO            :   Poner en aplicación lo dispuesto mediante  Facsímil N° 327-2005-MINCETUR/VMCE/DNINCI         

3. BASE LEGAL        :   Decisión 563 de la Comisión de la Comunidad Andina “Codificación del Acuerdo de Integración Subregional Andino, y Procedimiento INTA-PE.01.11 versión 2

4. INSTRUCCIONES:

De conformidad con el facsímil N° 327-2005-MINCETUR/VMCE/DNINCI de 11 de agosto de 2005; en uso de las facultades conferidas por la Resolución de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT, y estando a lo dispuesto en el inciso g) del artículo 23° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado mediante Decreto Supremo N° 115-2002-PCM, se hace de conocimiento lo siguiente:

4.1        Aplíquese a partir del 28 de julio de 2005, un gravamen adicional del 29% Ad/Valorem CIF  a las importaciones originarias y procedentes de Colombia y Venezuela de las siguientes subpartidas nacionales:

    

Subpartida Nacional

Descripción

   01

  1511.90.00.00

Aceite de palma y sus fracciones, incluso refinado.

02

1516.20.00.00

Grasas y aceites, vegetales y sus fracciones.

03

1517.90.00.00

Los demás

5. ALCANCE:  

Las disposiciones previstas en la presente Circular serán aplicadas por las Intendencias de Aduana de la República, Intendencia de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera y la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera.  

6. VIGENCIA:

La presente Circular rige conforme al numeral 4.1.

 Atentamente, 

Original Firmado Por:
JOSE ARMANDO ARTEAGA QUIÑE
Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE 
ADMINISTRACIÍN TRIBUTARIA

“Distribución externa”  

 

 

F. Vigencia: 28.07.2005 F. Publicación:  24.09.2005 F.Derogación: 00.00.0000