ENVIOS O PAQUETES TRANSPORTADOS POR CONCESIONARIOS POSTALES

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CONTROL DE CAMBIOS - PROCEDIMIENTO GENERAL

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Asunto: Aprueban modificaciones al Procedimiento INTA-PG.13
Nº Resolución: 162-2012 F. Vigencia: 31.03.2012
F. Publicación: 30.03.2012 F. Derogación: 00.00.0000
        
   NUMERAL
Artículo 3º.- Sustitúyase el numeral 6, literal A.3 de la sección VII del Procedimiento General “Envíos o Paquetes Transportados por Concesionarios Postales” INTA-PG.13, aprobado por la Resolución de Intendencia Nacional             N.° 002126, por el texto siguiente:

 

   TEXTO ANTERIOR

6. El Concesionario Postal efectuará la selección de envíos postales y los clasificará de acuerdo a lo siguiente:

a) Envíos postales destinados a ciudades ubicadas en la jurisdicción de las Intendencias de Aduana del Callao;

b) Envíos postales destinados a ciudades ubicadas en la jurisdicción de otras Intendencias de Aduana; en este caso los envíos serán trasladados con toda su documentación a las - oficinas del Concesionario Postal próximas a la respectiva Intendencia de Aduana, donde serán almacenados en espera de su despacho.


 

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   TEXTO ACTUAL

“6. El Concesionario Postal efectúa la selección de los envíos postales y los clasifica de acuerdo a lo siguiente:

a)    Envíos postales de distribución directa al destinatario señalados en los literales a), b) y c) del numeral 3.2 del artículo 3º del Reglamento de los Destinos Aduaneros Especiales del Servicio Postal y del Servicio de Mensajería Internacional, los que son verificados por la autoridad aduanera.

b)    Envíos postales destinados a ciudades que correspondan a la competencia funcional de la Intendencia de Aduana Postal del Callao.

c)    Envíos postales destinados a ciudades donde existen intendencias de aduana; en este caso los envíos serán trasladados con toda su documentación a las oficinas del Concesionario Postal próximas a la respectiva intendencia de aduana, donde serán almacenados en espera de su despacho.”

 

        
   NUMERAL

Artículo 4º.- Inclúyase un segundo párrafo al numeral 3 de la sección VI del Procedimiento General “Envíos o Paquetes Transportados por Concesionarios Postales” INTA-PG.13 (versión 1), aprobado por Resolución de Intendencia Nacional N.° 002126, con el texto siguiente:

 

   TEXTO ANTERIOR    TEXTO ACTUAL

 

“Cuando en el presente procedimiento se haga mención a “Concesionarios Postales” se entenderá que se trata de las “Empresas de Servicios Postales” y cuando se haga mención al “Manifiesto Postal” se entenderá que se refiere al “Documento de Envíos Postales”.

 

                 

Versiones Anteriores :

 

 

 

Versión Actual:
Resolución: RSNAA162-2012/SUNAT/A
Procedimiento: 
    
 
Observaciones : Artículo 1°.- Apruébase el Procedimiento Específico “Despacho Postal Premium por la Intendencia de Aduana Postal del Callao” INTA-PE.13.02 (Versión 1) de acuerdo al texto siguiente:

Artículo 4º.- Inclúyase un segundo párrafo al numeral 3 de la sección VI del Procedimiento General “Envíos o Paquetes Transportados por Concesionarios Postales” INTA-PG.13 (versión 1), aprobado por Resolución de Intendencia Nacional N.° 002126, con el texto siguiente:

Artículo 5°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.

 

Responsable/Procedimiento:  Maria Luz Agama
Responsable/Control Electrónico:  Jaime Guzmán Sotomayor Fecha y Hora: 30/03/2012 11:26:00 a.m.