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16. Al efectuarse el cambio de una pieza que
arribó instalada como parte de una aeronave, ésta debe
salir en la aeronave a la que se le practicó el cambio.
Si el repuesto que reemplazó a dicha pieza pertenece al
stock del DMA, se debe consignar en el registro
automatizado de las operaciones de ingreso y salida de
los bienes del DMA, de acuerdo a lo establecido por la
Administración Aduanera, anotándose en el campo
observaciones el número de la parte y serie del repuesto
retirado de la aeronave. En caso que la pieza
retirada de la aeronave no saliera con la aeronave a la
que se le practicó el cambio, el explotador aéreo debe
presentar la Solicitud de Salida de partes y piezas de
aeronaves - recambio (anexo 7) con dos (2) copias, y la
documentación sustentatoria, ante el área encargada del
régimen hasta quince (15) días hábiles contados a partir
del día siguiente de concluida la reparación o
mantenimiento de la aeronave. |
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TEXTO ACTUAL
16. Al efectuarse el cambio o el retiro de una
pieza que arribó instalada como parte de una aeronave,
ésta debe salir en la aeronave a la que se le practicó
el cambio o de la cual se retiró. Si el repuesto que
reemplazó la pieza pertenece al stock del DMA, se debe
consignar en el registro automatizado de las operaciones
de ingreso y salida de los bienes del DMA, de acuerdo a
lo establecido por la Administración Aduanera,
anotándose en el campo observaciones el número de la
parte y serie del repuesto retirado de la aeronave.
En caso que la pieza retirada de la aeronave no
saliera con la aeronave a la que se le practicó el
cambio o de la cual se retiró, el explotador aéreo o el
taller de mantenimiento aeronáutico que realizó el
mantenimiento o la reparación de la aeronave debe
presentar la Solicitud de salida de partes y piezas de
aeronaves (anexo 7) con dos (2) copias, y la
documentación sustentatoria, ante el área encargada del
régimen hasta quince (15) días hábiles contados a partir
del día siguiente de concluida la reparación o
mantenimiento de la aeronave. |
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