Las DSE pueden ser
tramitadas:
Modalidades
01, 03, 04, 05, 08 y
11
-
Vía teledespacho.
-
Mediante la
presentación de la
DSE ante el área que
administra el
régimen.
Modalidad 12
-
Vía teledespacho.
-
Mediante la
presentación de la
DSE ante el área que
administra el
régimen.
-
A través del portal
de la SUNAT conforme
al procedimiento
específico “Despacho
Simplificado Web de
Exportación” INTA PE
02.03; con excepción
de las exportaciones
a que se refieren
los incisos g) y h)
del artículo 3° de
la Resolución de
Superintendencia
Nacional N°
210-2004/SUNAT.
Modalidades 24 y 28
-
Vía teledespacho.
-
A través del portal
de la SUNAT conforme
al procedimiento
específico “Despacho
Simplificado Web de
Exportación” INTA PE
02.03.”
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