EXPORTACION DEFINITIVA
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CONTROL DE CAMBIOS - PROCEDIMIENTO GENERAL

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Asunto: Procedimiento de Exportación Definitiva INTA-PG.02
Nº Resolución: 0373-2003 F. Vigencia: 30.08.2003
F. Publicación: 29.08.2003 F. Derogación: 11/12/2003
        
   NUMERAL

Sustituir el Num. 1) del Rubro B4), de la Sección VII - Exp. de Joyería de Oro bajo modalidad SWAP

   TEXTO ANTERIOR

1. El plazo para la exportación de productos sujetos a operaciones SWAP es de sesenta (60) días útiles, computados a partir de la fecha de suscripción del acta de entrega del oro, suscrita entre la entidad financiera y la empresa de joyería; en caso que la exportación se realice fuera del mencionado plazo, la Intendencia de Aduana comunicará de este hecho a la SUNAT.

   TEXTO ACTUAL

1. El plazo que debe mediar entre la operación swap y la exportación del bien, como producto terminado, no debe ser mayor de sesenta (60) días útiles, contados a partir de la fecha de su ejecución, consignada en la Constancia de Ejecución del Swap. En caso la exportación se realice fuera del plazo señalado, la responsabilidad por el pago de los impuestos corresponderá al sujeto responsable de la exportación del producto terminado.

        
   NUMERAL

Sustituir el inciso a) del Num. 2, del Rubro B4) de la Sección VII - Exp. de Joyería de Oro bajo la modalidad SWAP

   TEXTO ANTERIOR

a) Valor de la materia prima.- del acta de entrega de oro suscrita entre los representantes del banco local interviniente y la empresa exportadora de Joyería de oro, donde figura el monto exacto de las onzas troy de oro fino, valoradas según la cotización internacional en la fecha de la operación SWAP

   TEXTO ACTUAL

a) Valor de la materia prima.- es el valor consignado en la Constancia de Ejecución del Swap, donde figura el monto exacto de las onzas troy de oro fino, valoradas según la cotización internacional en la fecha de la operación swap

        
   NUMERAL

Sustituir el inciso a) del Num. 4 del Rubro B4 de la Sección VII - Exp. de Joyería de Oro bajo la modalidad SWAP

   TEXTO ANTERIOR

a) Copia del acta de entrega en la cual se consigna el monto exacto de las onzas Troy de oro fino, suscrita entre los representantes del banco interviniente y la empresa exportadora de Joyería de oro, indicándose que el oro entregado proviene de una operación SWAP.

   TEXTO ACTUAL

a) Constancia de Ejecución del Swap

      
   NUMERAL

Adicionar al Num. 4, del Rubro B4) de la Sección VII - Exp. de Joyería de Oro bajo la modalidad SWAP

   TEXTO ANTERIOR


   TEXTO ACTUAL

f) Cuadro de insumo-producto, en el cual se detalla las características del producto terminado que se exporte, según Anexo 4.

    
Versiones Anteriores :
Versión Actual:
Resolución: RSNAA Nº 000373-2003
Procedimiento: 
    
 
Observaciones :
Responsable/Procedimiento:  Sonia Argumedo Hernández - Walter Pacheco Tantalean
Responsable/Control Electrónico: Cecilia Beraún Fecha y Hora:01.09.2003.10.50.36.am