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Asunto:
Modifica la Resolucion de
Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº
081-2006/SUNAT/A |
Nº Resolución:
.198-2020/ SUNAT |
F. Vigencia:
17.11.2020 |
F. Publicación: 16.11.2020 |
F. Derogación: |
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NUMERAL
Artículo
4. Precisión sobre la aplicación de lo dispuesto en el
artículo 6 de la Resolución de Superintendencia Nº
145-2019/SUNAT
Habiéndose dispuesto mediante
el artículo 6 de la Resolución de Superintendencia Nº
145-2019/SUNAT la implementación en el régimen de
importación para el consumo del nuevo Sistema de
Despacho Aduanero - SDA para todas las aduanas de la
República, precísese que quedaron sin efecto las
disposiciones que instruían tratamientos diferenciados
por aduanas establecidos: en el artículo 48 de la
Resolución de Intendencia Nacional Nº
17-2014/SUNAT/5C0000, artículo 28 de la Resolución de
Intendencia Nacional Nº 04-2017/SUNAT/5F0000, artículo
11 de la Resolución de Intendencia Nacional Nº
01-2015/SUNAT/5F0000 y el artículo 7 de la Resolución de
Intendencia Nacional Nº 11-2017/SUNAT/5F0000; así como
la restricción de aplicación por aduanas prevista en el
inciso 5.2 del numeral 5, en el inciso 7.37 de numeral 7
del literal A, en los incisos 1.3, 3.2, 4.1, 5.16 y 6.6
de los numerales 1, 3, 4, 5 y 6, respectivamente, del
literal C de la sección IV del instructivo “Declaración
aduanera de mercancías (DAM)” DESPA-IT.00.04 (versión 2) :
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TEXTO ANTERIOR
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TEXTO ACTUAL
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NUMERAL
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TEXTO ANTERIOR
4.
PRENDAS DE VESTIR Y CONFECCIONES
Las descripciones mínimas de las prendas de vestir y
confecciones son de aplicación obligatoria para las
siguientes partidas del sistema armonizado:
61.01, 61.02, 61.03, 61.04, 61.05, 61.06, 61.07, 61.08,
61.09, 61.10, 61.11, 61.12, 61.13, 61.14, 61.15, 61.16,
61.17, 62.01, 62.02, 62.03, 62.04, 62.05, 62.06, 62.07,
62.08, 62.09, 62.10, 62.11, 62.12, 62.13, 62.14, 62.15,
62.16, 62.17, 63.01, 63.02, 63.03, 63.04, 63.05, 63.06,
63.07, 63.08, y en la subpartida nacional 9404.90.00.00
solo si se ha declarado como nombre comercial según la
Tabla Nº 12 el código EDR (edredón)”.
(Modificado por RIN-17-2014/SUNAT/5C0000-13.12.2014) (Vigente a partir
del 12.01.2015 para las Intendencias de Aduanas.. (ver Art. 48 de RIN))
Modificado
por RIN-001-2015-SUNAT/5C0000-Intendencias de Aduana Chimbote, Ilo,
Mollendo, Paita; Pisco y Salaverry vigente desde el 07.03.2015 e
IAMC-Vigente desde el 18.04.2015 .
Modificado por RIN-008-2015-SUNAT/5C0000-IAMC Vigente desde el
18.04.2015 para despachos excepcionales y 30.06.2015 para despachos
anticipados y urgentes
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TEXTO ACTUAL
4.
PRENDAS DE VESTIR Y CONFECCIONES
Las
descripciones mínimas de las prendas de vestir y confecciones son de
aplicación obligatoria para las siguientes partidas del sistema
armonizado:
61.01, 61.02, 61.03, 61.04, 61.05, 61.06, 61.07, 61.08,
61.09, 61.10, 61.11, 61.12, 61.13, 61.14, 61.15, 61.16,
61.17, 62.01, 62.02, 62.03, 62.04, 62.05, 62.06, 62.07,
62.08, 62.09, 62.10, 62.11, 62.12, 62.13, 62.14, 62.15,
62.16, 62.17, 63.01, 63.02, 63.03, 63.04, 63.05, 63.06,
63.07, 63.08, y en la subpartida nacional 9404.90.00.00
solo si se ha declarado como nombre comercial según la
Tabla Nº 12 el código EDR (edredón)”.
(Modificado por RIN-17-2014/SUNAT/5C0000-13.12.2014) (Vigente a partir
del 12.01.2015 para las Intendencias de Aduanas.. (ver Art. 48 de RIN))
(Precisión dispuesta por el art. 4 de la R.S.N. 198-2020-SUNAT
17.11.2020)
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TEXTO ANTERIOR
2.
Grado de elaboración, acabados y gramaje de la confección.
Se
indica el grado de elaboración: teñido, estampado, etc. (Tabla Nº 7),
los acabados: lavado, pigmentado, etc. (Tabla Nº 8) y el gramaje
de la confección.
-
Con respecto a los
acabados serán considerados sólo para las prendas de vestir y pueden ser
hasta dos tipos diferentes, los mas relevantes.
-
Con
respecto al gramaje o peso en gramos por metro cuadrado (g/m2), se
considera solamente para las mantas, ropa de cama, mesa, tocador o cocina
con partidas del Sistema armonizado 6301 y 6302 (a excepción de las
subpartidas nacionales 6302401000, 6302409000, 6302510000, 6302530000,
6302591000 y 6302599000), así como para las subpartidas nacionales
6203421010 y 6203421020, en cuyo caso se declarará las onzas de la
prenda con un número entero de hasta 4 dígitos y con el postfijo OZ
(Modificado
mediante RIN04-2017-SUNAT/5F0000 vigente a partir del 25.04.2017)
3.
Derogado - (Modificado
mediante RIN04-2017-SUNAT/5F0000 vigente a partir del 25.04.2017)
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TEXTO ACTUAL
2.
Grado de elaboración, acabados y gramaje de la confección.
Se
indica el grado de elaboración: teñido, estampado, etc. (Tabla Nº 7),
los acabados: lavado, pigmentado, etc. (Tabla Nº 8) y el gramaje
de la confección.
-
Con respecto a los
acabados serán considerados sólo para las prendas de vestir y pueden ser
hasta dos tipos diferentes, los mas relevantes.
-
Con
respecto al gramaje o peso en gramos por metro cuadrado (g/m2), se
considera solamente para las mantas, ropa de cama, mesa, tocador o cocina
con partidas del Sistema armonizado 6301 y 6302 (a excepción de las
subpartidas nacionales 6302401000, 6302409000, 6302510000, 6302530000,
6302591000 y 6302599000), así como para las subpartidas nacionales
6203421010 y 6203421020, en cuyo caso se declarará las onzas de la
prenda con un número entero de hasta 4 dígitos y con el postfijo OZ
(Modificado
mediante RIN04-2017-SUNAT/5F0000 vigente a partir del 25.04.2017)(Precisión
dispuesta por el art. 4 de la R.S.N. 198-2020-SUNAT 17.11.2020)
3.
Derogado - (Modificado
mediante RIN04-2017-SUNAT/5F0000 vigente a partir del 25.04.2017)
(Precisión dispuesta por el art. 4 de la R.S.N.
198-2020-SUNAT 17.11.2020)
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NUMERAL
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TEXTO ANTERIOR
4.
Medidas, presentaciones
y uso de la confección.
Se
indica las medidas, presentaciones y el uso de la confección.
-
Con respecto a las medidas
serán consideradas las tallas para el caso de las prendas de vestir, y
las dimensiones (en centímetros) para el caso de toallas y otros.
-
Con respecto a las
presentaciones (plazas, juegos o set, etc.) serán consideradas cuando se
trate de ropa de cama, tocador o cocina, etc.
-Con respecto al uso de la confección se considerará si se
trata de caballeros, damas, niños, niñas, bebes, etc(Modificado mediante RIN04-2017-SUNAT/5F0000 vigente a
partir del 25.04.2017)
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TEXTO ACTUAL
4.
Medidas, presentaciones
y uso de la confección.
Se
indica las medidas, presentaciones y el uso de la confección.
-
Con respecto a las medidas
serán consideradas las tallas para el caso de las prendas de vestir, y
las dimensiones (en centímetros) para el caso de toallas y otros.
-
Con respecto a las
presentaciones (plazas, juegos o set, etc.) serán consideradas cuando se
trate de ropa de cama, tocador o cocina, etc.
-Con respecto al uso de la confección se considerará si se
trata de caballeros, damas, niños, niñas, bebes, etc(Modificado mediante RIN04-2017-SUNAT/5F0000 vigente a
partir del 25.04.2017)(Precisión
dispuesta por el art. 4 de la R.S.N. 198-2020-SUNAT 17.11.2020)
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TEXTO ANTERIOR
5. Construcción de las prendas
de vestir - Parte superior
Cuando se trate de alguna de las subpartidas indicadas en la Tabla N° 34
se indica el código de la construcción según las Tablas N° 13 hasta la
17, para prendas de vestir parte superior y las demás confecciones que
cubran todo el cuerpo. Si se trata de “otros”, se declara su descripción.
(Modificado mediante RIN04-2017-SUNAT/5F0000
vigente a partir del 25.04.2017)
6.Construcción de las prendas de vestir - Parte inferior
Cuando se trate de alguna de las subpartidas
indicadas en la Tabla N° 35 se indica el código de la construcción según
la Tabla N° 22, para prendas de vestir parte inferior. Si se trata de
“otros”, se declara su descripción
(Modificado mediante RIN04-2017-SUNAT/5F0000
vigente a partir del 25.04.2017)
7. Construcción de otras
confecciones
Aplicable a las mercancías comprendidas en las
partidas 6301, 6302, 6303, 6304, 6305, 6306 y SNP 9404.90.00.00. Se
indica el código de la construcción según las Tablas N° 26 o 29, para
otras confecciones. Si se trata de “otros” se declara su descripción
(Modificado mediante RIN04-2017-SUNAT/5F0000
vigente a partir del 25.04.2017)
8. Aplicaciones de
las prendas de vestir y demás confecciones
Se indica el código de las aplicaciones según la Tabla N°
30. Se permite la declaración de hasta 3 códigos de aplicaciones. Si se
trata de “otros” se declara su descripción
(Modificado mediante RIN04-2017-SUNAT/5F0000
vigente a partir del 25.04.2017)
9. DEROGADO -(Modificado
mediante RIN04-2017-SUNAT/5F0000 vigente a partir del 25.04.2017)
10. Presentaciones de
ropa de cama
Aplicable a las
mercancías comprendidas en las subpartidas asociadas a la 6302.10 hasta
6302.39, se indica el código de las presentaciones de ropa de cama según
la Tabla N° 32. Cuando se trata de “otros” se declara su descripción.
(Modificado
mediante RIN04-2017-SUNAT/5F0000 vigente a partir del 25.04.2017)
11.
Número de piezas de prendas de vestir
Si ha declarado
en la casilla "nombre comercial" el código CJN (conjunto) de la Tabla Nº
12, se indica en este campo el número de piezas del conjunto así como el
número de piezas de la parte superior.
Se declara el
código correspondiente de los catálogos de la Tabla Nº 12 para las
partes superior e inferior hasta un máximo de seis prendas de la parte
superior y seis de la parte inferior.
Se declara
las características para la primera prenda superior (según las Tablas Nº
13 a la 17) e inferior (según la tabla N° 22). Si se trata de “otros” se
declara su descripción
(Modificado
mediante RIN04-2017-SUNAT/5F0000 vigente a partir del 25.04.2017)
12. Peso unitario Se
indica el peso unitario de la prenda expresada en gramos.
(Modificado por RIN-17-2014/SUNAT/5C0000-13.12.2014) (Vigente a partir
del 12.01.2015 para las Intendencias de Aduanas.. (ver Art. 48 de RIN))
Modificado
por RIN-001-2015-SUNAT/5C0000-Intendencias de Aduana Chimbote, Ilo,
Mollendo, Paita; Pisco y Salaverry vigente desde el 07.03.2015 e
IAMC-Vigente desde el 18.04.2015 .
Modificado por RIN-008-2015-SUNAT/5C0000-IAMC Vigente desde el
18.04.2015 para despachos excepcionales y 30.06.2015 para despachos
anticipados y urgentes
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TEXTO ACTUAL
5. Construcción de las prendas
de vestir - Parte superior
Cuando se trate de alguna de las subpartidas indicadas en la Tabla N° 34
se indica el código de la construcción según las Tablas N° 13 hasta la
17, para prendas de vestir parte superior y las demás confecciones que
cubran todo el cuerpo. Si se trata de “otros”, se declara su descripción.
(Modificado
mediante RIN04-2017-SUNAT/5F0000 vigente a partir del 25.04.2017)(Precisión
dispuesta por el art. 4 de la R.S.N. 198-2020-SUNAT 17.11.2020)
6.Construcción de las prendas de vestir - Parte inferior
Cuando se trate de alguna de las subpartidas
indicadas en la Tabla N° 35 se indica el código de la construcción según
la Tabla N° 22, para prendas de vestir parte inferior. Si se trata de
“otros”, se declara su descripción
(Modificado mediante RIN04-2017-SUNAT/5F0000
vigente a partir del 25.04.2017)(Precisión
dispuesta por el art. 4 de la R.S.N. 198-2020-SUNAT 17.11.2020)
7. Construcción de otras
confecciones
Aplicable a las mercancías comprendidas en las
partidas 6301, 6302, 6303, 6304, 6305, 6306 y SNP 9404.90.00.00. Se
indica el código de la construcción según las Tablas N° 26 o 29, para
otras confecciones. Si se trata de “otros” se declara su descripción
(Modificado mediante RIN04-2017-SUNAT/5F0000
vigente a partir del 25.04.2017)(Precisión
dispuesta por el art. 4 de la R.S.N. 198-2020-SUNAT 17.11.2020)
8. Aplicaciones de
las prendas de vestir y demás confecciones
Se indica el código de las aplicaciones según la Tabla N°
30. Se permite la declaración de hasta 3 códigos de aplicaciones. Si se
trata de “otros” se declara su descripción
(Modificado mediante RIN04-2017-SUNAT/5F0000
vigente a partir del 25.04.2017)(Precisión
dispuesta por el art. 4 de la R.S.N. 198-2020-SUNAT 17.11.2020)
9. DEROGADO -(Modificado
mediante RIN04-2017-SUNAT/5F0000 vigente a partir del 25.04.2017)(Precisión
dispuesta por el art. 4 de la R.S.N. 198-2020-SUNAT 17.11.2020)
10. Presentaciones de
ropa de cama
Aplicable a las
mercancías comprendidas en las subpartidas asociadas a la 6302.10 hasta
6302.39, se indica el código de las presentaciones de ropa de cama según
la Tabla N° 32. Cuando se trata de “otros” se declara su descripción.
(Modificado
mediante RIN04-2017-SUNAT/5F0000 vigente a partir del 25.04.2017)(Precisión
dispuesta por el art. 4 de la R.S.N. 198-2020-SUNAT 17.11.2020)
11.
Número de piezas de prendas de vestir
Si ha declarado
en la casilla "nombre comercial" el código CJN (conjunto) de la Tabla Nº
12, se indica en este campo el número de piezas del conjunto así como el
número de piezas de la parte superior.
Se declara el
código correspondiente de los catálogos de la Tabla Nº 12 para las
partes superior e inferior hasta un máximo de seis prendas de la parte
superior y seis de la parte inferior.
Se declara
las características para la primera prenda superior (según las Tablas Nº
13 a la 17) e inferior (según la tabla N° 22). Si se trata de “otros” se
declara su descripción
(Modificado
mediante RIN04-2017-SUNAT/5F0000 vigente a partir del 25.04.2017)(Precisión
dispuesta por el art. 4 de la R.S.N. 198-2020-SUNAT 17.11.2020)
12. Peso unitario Se
indica el peso unitario de la prenda expresada en gramos.
(Modificado por RIN-17-2014/SUNAT/5C0000-13.12.2014) (Vigente a partir
del 12.01.2015 para las Intendencias de Aduanas.. (ver Art. 48 de RIN))(Precisión
dispuesta por el art. 4 de la R.S.N. 198-2020-SUNAT
17.11.2020)
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NUMERAL
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TEXTO ANTERIOR
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TEXTO ACTUAL
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TEXTO ANTERIOR
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TEXTO ACTUAL
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TEXTO ACTUAL
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Archivo Adjunto (Sólo para
cambio de versión) :
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Responsable/Procedimiento: |
Lulis Arroyo Omonte/Ruben Cuba |
Responsable/Control Electrónico: |
Maria Antonieta Villar S |
Fecha y Hora: 26.11.2020 |
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