IMPORTACION DEFINITIVA
INSTRUCTIVO: DESCRIPCIONES MINIMAS DE PRODUCTOS DE LAS PARTIDAS 6907

 
Proc: DESPA-IT.01.12

Descripciones mínimas de Productos de las Partidas 6907 (modificado por RIN 04-2017-SUNAT/5F0000)

Versión: 1 Publicación: 12/08/2010
Resolución: 462-2010/SUNAT/A Fecha Res.: 11/08/2010
Vigencia : 19/08/2010
   
Lista:  Maestra

Circulares Anexas

Control de Cambios

 I.     OBJETIVO

 Establecer las pautas para una correcta descripción de la mercancía y determinación del valor en aduana en la importación de manufacturas clasificadas en las partidas 6907 y 6908.

II.      ALCANCE

Está dirigido al personal de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT y a los operadores del comercio exterior que intervienen en los regímenes de Importación para el Consumo, Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo y Admisión Temporal para Reexportación en el mismo estado.

III.     REFERENCIA

          Instructivo de Trabajo de la Declaración Única de Aduanas (DUA),  INTA-IT.00.04.

IV.      NORMAS GENERALES  

1.   El presente instructivo es de aplicación obligatoria en los regímenes de Importación para el Consumo, Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo y Admisión Temporal para Reexportación en el mismo estado, cuando se hayan destinado mercancías que se clasifican en las partidas del sistema armonizado  6907 y 6908;  su incumplimiento conllevará a la aplicación de las sanciones establecidas en la Ley General de Aduanas.

2.   Para el presente instructivo se deben considerar los conceptos generales y terminología contenidas en los anexos del mismo.

3.  La clasificación arancelaria que se consigna en el presente instructivo, es referencial, ya que la clasificación arancelaria se basa en las características propias o específicas de cada mercancía que se presenta a despacho.

V.   DESCRIPCION E  INSTRUCCIONES:

El importador debe consignar la información que corresponde a la descripción en las siguientes casillas del ejemplar B de la Declaración Única de Aduanas (DUA):

5.11 Unidad comercial: Se indica la unidad comercial de la mercancía en metros cuadrados (m2).

5.12 Nombre del producto:   Se indica el nombre con el cual se conoce a la mercancía según la Tabla N° 1 del presente instructivo.

5.13 Marca comercial: Se indica la marca del producto, la cual constituye cualquier signo que sea apto para distinguir productos en el mercado. La marca es la denominación que otorga el fabricante, el vendedor o el importador al producto para distinguirlo de los productos de otra persona.

5.14    Modelo: Se indica la denominación que se da a las mercancías según sus características específicas.   Corresponde al nombre o código representado por caracteres numéricos o alfanuméricos (letras y números), los cuales identifican a un determinado producto haciéndolo distinto de otros.

5.19  Características: Se indican en las cuatro filas que contiene esta casilla los siguientes datos:

         Primera fila:

- Acabados:   Para todos los productos, considerar los acabados señalados en la Tabla N° 2 del presente instructivo.

           - Materia Prima:   Para todos los productos,  considerar la materia prima de la  Tabla N° 3 del presente instructivo.

         Segunda fila:

-   Moldeo:   Considerar el moldeo según lo señalado en la Tabla N° 4 del presente instructivo

-   Cocción:   Considerar lo señalado según Tabla N° 5 del presente instructivo

-     Uso :   Considerar lo señalado en la Tabla N° 6 del presente instructivo.

-      Colores: Derogado (Modificado mediante RIN Nº 04-2017-SUNAT/5F0000 Vigente a partir del 25.04.2017) (Precision dispuesta por art. 4º de la R.S.N. 198-2020-SUNAT 17.11.2020)

Tercera Fila:

-      Grado de Dimensiones y espesor:   Considerar las dimensiones: largo, ancho en centímetros y el espesor en milímetros

-Capacidad de absorción de agua: Considerar la capacidad según lo señalado en la Tabla N° 8.(Modificado por RIN-17-2014/SUNAT/5C0000-13.12.2014) (Vigente a partir del 12.01.2015)(Precision dispuesta por art. 4º de la R.S.N. 198-2020-SUNAT 17.11.2020)

5.20 Observaciones: En esta casilla se consigna información adicional no detallada en las casillas anteriores.

         Ejemplo: Subpartida Nacional 6907.90.00.00

Se desea registrar, cuyas características son las siguientes:

“Porcelanato sin esmaltar de marca ABC modelo 041, de acabado pulido, moldeado por extrusión y posteriormente cocido por monococcion,  elaborado de arcilla , de formatos de superficie: 30 x 60 cm, espesor 8 mm, de color blanco, para construcción de pisos de viviendas”.

El formato impreso del ejemplar B debe considerar las descripciones, tal como se muestra a continuación:

 

5.11 Unidad Comercial

5.12 Nombre Comercial

5.13 Marca

5.14 Modelo

U

Porcelanato

ABC

041

 

5.19 Características

1.    Acabado: Porcelanato pulido Materia Prima: de arcilla

2.    Moldeo: Extruido Cocción: de monococción Uso: para piso Color: de color blanco

3.    Dimensiones y espesor: Largo y ancho: 30 x 60cm, espesor:8 mm

5.20 Observaciones

        Sin observaciones

        Ejemplo 2

        Subpartida Nacional 6908900000

        Se desea registrar, cuyas características son las siguientes:

 “Porcelanato esmaltado de marca ABC modelo 043, de acabado rustico, moldeado por prensado y posteriormente cocido por bicoccion,  elaborado de feldespato, de formatos de superficie: 60 x 60 cm, espesor 10 mm. de color beige, para construcción de pisos de tiendas comerciales o supermercados”.

 El formato impreso del ejemplar B debe considerar las descripciones, tal como se muestra a continuación:

 

5.11 Unidad Comercial

5.12 Nombre Comercial

5.13 Marca

5.14 Modelo

U

Porcelanato esmaltado

ABC

043


5.19 Características

1.    Acabado: Porcelanato rústico        Materia Prima: de feldespato,

2.    Moldeo: Prensado      Cocción: de bicoccion       Uso: para piso de tiendas comerciales    Color: de color beige 

3.    Dimensiones y espesor: Largo y ancho: 60 x 60 cm, espesor: 10 mm

5.20 Observaciones

Sin observaciones


VI. ANEXOS

Publicados en el portal web de la SUNAT (www.sunat.gob.pe)

 Anexo 1

Tabla N° 1  Nombre del producto-DEROGADO (Modificado mediante RIN Nº04-2017-SUNAT/5F0000 vigente a partir del 25.04.2017)(Precision dispuesta por art. 4º de la R.S.N. 198-2020-SUNAT 17.11.2020)

Tabla N° 2  Acabados del Producto -(Modificado mediante RIN Nº04-2017-SUNAT/5F0000 vigente a partir del 25.04.2017)(Precision dispuesta por art. 4º de la R.S.N. 198-2020-SUNAT 17.11.2020)

Tabla N° 3  Materia prima del producto-(Modificado mediante RIN Nº04-2017-SUNAT/5F0000 vigente a partir del 25.04.2017)(Precision dispuesta por art. 4º de la R.S.N. 198-2020-SUNAT 17.11.2020)

Tabla N° 4  Moldeo del producto

Tabla N° 5  Cocción del producto

Tabla N° 6  Uso del Producto

Tabla N° 7  Colores del productoDEROGADO (Modificado mediante RIN Nº04-2017-SUNAT/5F0000 vigente a partir del 25.04.2017)(Precision dispuesta por art. 4º de la R.S.N. 198-2020-SUNAT 17.11.2020)

Tabla N° 8 (Modificado por RIN-17-2014/SUNAT/5C0000-13.12.2014) (Vigente a partir del 12.01.2015)(Precision dispuesta por art. 4º de la R.S.N. 198-2020-SUNAT 17.11.2020)

Anexo 2

Glosario de Términos