MANIFIESTO DE CARGA
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CONTROL DE CAMBIOS - PROCEDIMIENTO GENERAL

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Asunto: Modificación numerales del procedimiento INTA-PG.09 (v.5)
Nº Resolución: 236-2011 F. Vigencia: 01.07.2011
F. Publicación: 01.07.2011 F. Derogación: 
        
   NUMERAL

Modifica numeral 6, de la Sección VI  

   TEXTO ANTERIOR
6. Los manifiestos de carga son numerados correlativamente por la intendencia de aduana o la agencia aduanera respectiva, de acuerdo a la vía de transporte, excepto aquellos numerados por la Empresa Nacional de Puertos (ENAPU) en la circunscripción de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao
   TEXTO ACTUAL

6. Los manifiestos de carga son numerados correlativamente por la Intendencia de aduana o la agencia aduanera respectiva, de acuerdo a la vía de transporte, excepto para la carga que arribe al Terminal Norte Multipropósito en el Terminal Portuario del Callao, en cuyo caso la numeración del manifiesto estará a cargo de APM TERMINALS CALLAO S.A. 

    
Versiones Anteriores :
Versión Actual: 
Resolución: RSNAA-236-2011
Procedimiento: 
    
 
Observaciones :

Artículo 3°.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

 
Responsable/Procedimiento: Luís Pacheco Armas
Responsable/Control Electrónico: Jaime Guzmán S. Fecha y Hora:01.07.2011 2.27 pm