TEXTO ANTERIOR
6. Renovación de la acreditación
del nivel de solvencia económica y financiera por los depósitos
temporales para envíos de entrega rápida
Los depósitos temporales para envíos de
entrega rápida deben renovar anualmente la acreditación
de su nivel de solvencia económica y financiera, para lo cual al 30 de
abril de cada año deben presentar ante la autoridad aduanera sus
estados financieros auditados, cuyo pasivo total en el año calendario
anterior debe ser menor al 50% del monto mínimo de la garantía
exigible.
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TEXTO ACTUAL
6) Renovación de la acreditación del
nivel de solvencia económica y financiera
por los depósitos temporales para envíos
de entrega rápida.
Los depósitos temporales para
envíos de entrega rápida deben renovar
anualmente la acreditación de su nivel de
solvencia económica y financiera, para lo
cual al 30 de abril de cada año deben
presentar ante la Administración Aduanera
sus estados financieros auditados, cuyo
patrimonio neto en el año calendario
anterior no debe ser menor al 50% del
monto mínimo de la garantía exigible.”
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