AUTORIZACIÓN Y ACREDITACIÓN DE OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR
<-- Retroceder

CONTROL DE CAMBIOS - PROCEDIMIENTO ESPECIFICO

    .
Asunto:  Modifican INTA-PE.24.03
Nº Resolución: 010-2013 F. Vigencia: 18.09.2013
F. Publicación: 17.09.2013 F. Derogación: 
        
   NUMERAL

  Artículo 1º.- Inclúyase un segundo párrafo al inciso h), numeral 1, literal B.2 de la sección VII del procedimiento específico “Autorización de Empresas de Servicio de Entrega Rápida y Depósitos Temporales para Envíos de Entrega Rápida” INTA-PE.24.03, aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N.° 696-2010/SUNAT/A, por el texto siguiente:

   TEXTO ANTERIOR
 
   TEXTO ACTUAL

h)  (…)

Los funcionarios designados por la Intendencia Nacional de Prevención del Contrabando y Fiscalización Aduanera y las intendencias de aduana de la circunscripción podrán tener acceso remoto por internet a este sistema de monitoreo, para las investigaciones aduaneras y las acciones de control que pudieran programar y realizar de acuerdo a su capacidad operativa.”

                      
     
   NUMERAL

  Artículo 2º.- Sustitúyase el inciso e), literal B.3 de la sección VII del procedimiento específico “Autorización de Empresas de Servicio de Entrega Rápida y Depósitos Temporales para Envíos de Entrega Rápida” INTA-PE.24.03, aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N.° 696-2010/SUNAT/A, por el texto siguiente:

   TEXTO ANTERIOR
e)  Los requisitos o), p y q) señalados en el numeral 1 del literal B.2 precedente. 
   TEXTO ACTUAL

“e)  Los requisitos de los incisos  h), o), p) y q) señalados en el numeral 1 del literal B.2 precedente.”

     
   NUMERAL

  Artículo 3º.- Elimínese el último párrafo del rubro “cantidad mínima de cámaras y ubicación” del Anexo 12 del procedimiento específico “Autorización de Empresas de Servicio de Entrega Rápida y Depósitos Temporales para Envíos de Entrega Rápida” INTA-PE.24.03, aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N.° 696-2010/SUNAT/A.

   TEXTO ANTERIOR

La intendencia de aduana de la circunscripción determinará el lugar desde donde la autoridad aduanera tendrá acceso remoto al sistema, el que será comunicado al momento de la verificación física del local.

   TEXTO ACTUAL
Parrafo eliminado
     
   NUMERAL

  Artículo 4º.- El segundo párrafo del inciso h), numeral 1, literal B.2 de la sección VII del procedimiento específico “Autorización de Empresas de Servicio de Entrega Rápida y Depósitos Temporales para Envíos de Entrega Rápida” INTA-PE.24.03, aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N.° 696-2010/SUNAT/A, será de aplicación a partir de la publicación del procedimiento que apruebe la Intendencia Nacional de Prevención del Contrabando y Fiscalización Aduanera.

   TEXTO ANTERIOR
 
   TEXTO ACTUAL
 
     
   NUMERAL

 

   TEXTO ANTERIOR
 
   TEXTO ACTUAL
 

 
Archivo Adjunto (Sólo para cambio de versión) :
Archivo Adjunto Actual: 
Resolución:   RIN N°010-2013/SUNAT/3A0000
Procedimiento: 
 
Observaciones :    

Artículo 4º.- El segundo párrafo del inciso h), numeral 1, literal B.2 de la sección VII del procedimiento específico “Autorización de Empresas de Servicio de Entrega Rápida y Depósitos Temporales para Envíos de Entrega Rápida” INTA-PE.24.03, aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N.° 696-2010/SUNAT/A, será de aplicación a partir de la publicación del procedimiento que apruebe la Intendencia Nacional de Prevención del Contrabando y Fiscalización Aduanera.

 Artículo 5º.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.

 

Responsable/Procedimiento:  Patricia Cruzado
Responsable/Control Electrónico:   Jaime Guzmán S. Fecha y Hora:18.09.2013-08.00.00.am