RESTITUCION DE DERECHOS ARANCELARIOS - DRAWBACK

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CONTROL DE CAMBIOS - PROCEDIMIENTO GENERAL

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Asunto: Modificación según RIN Nº 2459-2002 -  INTA-PG.07
Nº Resolución: 2459-2002 F. Vigencia: 25/12/2002
F. Publicación: 24/12/2002 F. Derogación: 17.03.2009
                            
   NUMERAL

SECCION V, BASE LEGAL, sustituir el cuarto y décimo cuarto guión por lo siguiente:

   TEXTO ANTERIOR

-Lista de Partidas Arancelarias excluidas de la restitución de derechos arancelarios, aprobada por Resolución Ministerial Nº 141-2001-EF/15 del 27.04.2001.

-Año de referencia para la aplicación del porcentaje de restitución, Decreto Supremo Nº 042-2002-EF del 06.03.2002.

   TEXTO ACTUAL

-Lista de Partidas Arancelarias excluidas de la restitución de derechos arancelarios, aprobada por Decreto Supremo Nº 127-2002-EF del 25.08.2002.

-Año de referencia para la aplicación del porcentaje de restitución, Decreto Supremo Nº 042-2002-EF del 06.03.2002, modificado por el Decreto Supremo Nº 168-2002-EF del 01.11.2002

                              
   NUMERAL

ANEXOS

Sustituir el párrafo (5) del Modelo de Solicitud de Restitución de Derechos Arancelarios Ad-Valorem de la Sección I del Anexo 1 por:

   TEXTO ANTERIOR

(5) En cumplimiento a lo establecido en el artículo 3 del D.S. 104-95-EF modificado por el D.S. 072-2001-EF, declaro que constituyéndonos en una empresa vinculada según el Art. 24º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, la suma de las exportaciones de las empresas que forman parte de este conjunto económico no supera el límite establecido.

   TEXTO ACTUAL

(5) En cumplimiento a lo establecido en el artículo 3º del D.S. 104-95-EF, modificado por el D.S. 072-2001-EF y a lo dispuesto por el D.S. 168-2002-EF, declaro que constituyéndonos en una empresa vinculada según el Art. 24º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, la suma de las exportaciones de las empresas que a continuación detallo y que forman parte de este conjunto económico, no supera el límite establecido por los Decretos Supremos antes citados.

RUC

..................................................................................................

Nombre o Razón Social de la Empresa

.................................................................................................

                              
Versiones Anteriores :
Versión Actual:
Resolución: RIN Nº 2459-2002
Procedimiento: 
 
Observaciones :

Con Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 139-2009/SUNAT/A, se deja sin efecto el procedimiento INTA-PG.07 - Restitución de Derechos Arancelarios - DRAWBACK (vesión 2), aprobado por Resolución de Intendencia Nacional Nº 00984 publicada el 12 de setiembre de 1999, así como sus modificatorias.                 

La presente RIN entra en vigencia el 25/12/2002. Asimismo la el art. 2º de esta RIN en lo correspondiente al procedimiento INTA-PG.02 Exportación Definitiva se aplicará desde el 06.01.2003

Responsable/Procedimiento: Sonia Argumedo Hernandez - Luz Luque Gutierrez
Responsable/Control Electrónico: Cecilia Beraún Fecha y Hora:26.12.2002 08.25.45 am