Artículo 2º.-
Déjese sin efecto el
Procedimiento Específico de
“Teledespacho” INTA-PE.00.02
(versión 2) aprobado por
Resolución de Superintendencia
Nacional Adjunta de Aduanas N.°
000525-2003/SUNAT/A, publicado
el 3.12.2003.
Artículo 3º.-
La presente resolución entrará
en vigencia a partir de la fecha
en que se encuentre plenamente
vigente la Ley General de
Aduanas aprobada por Decreto
Legislativo N.º 1053.
|