TEXTO ANTERIOR
Contra la Resolución de Intendencia
Nacional de Clasificación Arancelaria solo cabe la
interposición del Recurso de Apelación dentro del
plazo de quince (15) días hábiles contados a partir
del día siguiente de efectuada la notificación de la
Resolución por tratarse de un procedimiento no
contencioso vinculado a la determinación de la
obligación tributaria asimismo se sigue el
procedimiento indicado en el INRA-PG.05 en lo que
corresponde. |
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TEXTO ACTUAL
Contra la Resolución de Intendencia Nacional de
Clasificación Arancelaria solo cabe la interposición
del Recurso de Apelación dentro del plazo de seis (06)
meses contados a partir del día siguiente de efectuada
la notificación de la Resolución por tratarse de un
procedimiento no contencioso vinculado a la
determinación de la obligación tributaria.
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