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CONTROL DE CAMBIOS - DESPA.PE.00.18

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Asunto: Modifican disposiciones del Procedimiento Específico "Mandato Eelctrónico", DESPA-PE.00.18 (versión 1)
Nº Resolución: 21-2017 F. Vigencia: 11.12.2017
F. Publicación: 07.12.2017 F. Derogación: 
        
   NUMERAL
Artículo Único. Modificación de disposiciones del procedimiento específico “Mandato Electrónico”, DESPA-PE.00.18 (versión 1)
Modifícase las secciones I, II, III; los numerales 1, 2, 3 y el inciso b) del numeral 4 de la Sección VI; los numerales 1 y 2 del literal A, los numerales 1 y 3 del literal B, los numerales 1 y 3 del literal C y el numeral 3 del literal D de la Sección VII del procedimiento específico “Mandato electrónico”, DESPA-PE.00.18 (versión 1), aprobado por Resolución de Intendencia Nacional N° 06-2017-SUNA/310000, conforme al texto siguiente:
   TEXTO ANTERIOR
I. OBJETIVO
Establecer las pautas para que el dueño o consignatario otorgue el mandato electrónico al agente de aduana, en los regímenes aduaneros de importación para el consumo, depósito aduanero, admisión temporal para perfeccionamiento activo y admisión temporal para reexportación en el mismo estado, en las intendencias de aduana Chimbote, Ilo, Mollendo, Paita, Pisco y Salaverry, y en la intendencia de aduana Marítima del Callao solo en el régimen de importación para el consumo.








II. ALCANCE
Dirigido a las intendencias de aduana Marítima del Callao, Chimbote, Ilo, Mollendo, Paita, Pisco y Salaverry; a los agentes de aduana; y a los dueños o consignatarios.

III. RESPONSABILIDAD
La aplicación, cumplimiento y seguimiento del presente procedimiento es de responsabilidad de los Intendentes de la Aduana Marítima del Callao, Chimbote, Ilo, Mollendo, Paita, Pisco y Salaverry; del Intendente Nacional de Control Aduanero, del Intendente Nacional de Sistemas de Información y del Intendente Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera.
(...)

VI. DISPOSICIONES GENERALES

1. Para otorgar el mandato electrónico, el dueño o consignatario debe contar con Registro Único de Contribuyentes (RUC) activo y no tener la condición de no habido.
2. El dueño o consignatario puede otorgar el mandato electrónico a más de un agente de aduana y por varios regímenes aduaneros o circunscripciones.
3. El agente de aduana debe estar autorizado para operar en la circunscripción de la aduana donde arriba la carga.
4. El mandato electrónico se otorga por:
(...)

b) Documento de transporte: Se debe indicar el número de documento de transporte, el número de manifiesto de carga y el número de detalle cuando corresponda.

 

VII. DESCRIPCIÓN

A. Registro del mandato electrónico

1. Para registrar el mandato electrónico, el dueño o consignatario:
(...)


2. Una vez grabada la información señalada en el numeral anterior, el sistema comunica, a través del Buzón SOL, al dueño o consignatario y al agente de aduana, que el mandato electrónico ha sido registrado.
(...)


 

B. Rectificación del mandato electrónico

1. Para rectificar el mandato electrónico, el dueño o consignatario ingresa a SUNAT Operaciones en Línea del Portal Web de la Sunat utilizando su usuario y clave SOL, y en la opción Rectificación de Mandato Electrónico consigna el número de RUC del agente de aduana a quien otorgó el mandato, selecciona el mandato electrónico a rectificar y modifica los datos que correspondan.
(...)


3. Una vez grabada la información señalada en el numeral anterior, el sistema comunica, a través del Buzón SOL, al dueño o consignatario y al agente de aduana, que el mandato electrónico ha sido rectificado.
(...)


C. Anulación de mandato electrónico

1. Para anular el mandato electrónico, el dueño o consignatario ingresa a SUNAT Operaciones en Línea del Portal Web de la Sunat utilizando su usuario y clave SOL, y en la opción Anulación de Mandato Electrónico consigna el número de RUC del agente de aduana a quien otorgó dicho mandato, seleccionando el mandato electrónico a anular.
(...)

 

3. Una vez grabada la anulación el sistema comunica a través del Buzón SOL al dueño o consignatario y al agente de aduana, que el mandato electrónico ha sido anulado.

D. Vinculación del mandato electrónico con la declaración

(...)

 

3. Si los datos a rectificar en la declaración aduanera son el RUC del dueño o consignatario, o el documento de transporte, el sistema actualiza la vinculación del mandato electrónico con la declaración aduanera.


   TEXTO ACTUAL
I. OBJETIVO
Establecer las pautas para que el dueño, consignatario o consignante otorgue el mandato electrónico al agente de aduana en:
a) El régimen aduanero de importación para el consumo en la intendencia de aduana Marítima del Callao.
b) El régimen aduanero de importación para el consumo, depósito aduanero, admisión temporal para perfeccionamiento activo y admisión temporal para reexportación en el mismo estado, en las intendencias de aduana de Chimbote, Ilo, Mollendo, Paita, Pisco y Salaverry.
c) El régimen aduanero de exportación definitiva, exportación simplificada, exportación temporal para reimportación en el mismo estado y exportación temporal para perfeccionamiento pasivo, en las intendencias de aduana de la República.
d) La reimportación como consecuencia de una exportación temporal para perfeccionamiento pasivo y exportación temporal para reimportación en el mismo estado, en las intendencias de aduana de la República.

II. ALCANCE
Dirigido a todas las dependencias de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT; a los agentes de aduana; y a los dueños, consignatarios o consignantes.

III. RESPONSABILIDAD
La aplicación, cumplimiento y seguimiento del presente procedimiento es de responsabilidad del Intendente Nacional de Control Aduanero, del Intendente Nacional de Sistemas de Información, del Intendente Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera y de los intendentes de aduana de la República.
(...)

VI. DISPOSICIONES GENERALES

1. Para otorgar el mandato electrónico, el dueño, consignatario o consignante debe contar con Registro Único de Contribuyentes (RUC) activo y no tener la condición de no habido.
2. El dueño, consignatario o consignante puede otorgar el mandato electrónico a más de un agente de aduana y por varios regímenes aduaneros o circunscripciones.
3. El agente de aduana debe estar autorizado para operar en la circunscripción de la aduana donde arriba la carga o se numera la declaración del régimen aduanero de salida respectivo.

4. El mandato electrónico se otorga por:
(…)

b) Documento de transporte: Se debe indicar el número de documento de transporte, el número de manifiesto de carga y el número de detalle cuando corresponda, aplicable solo para los regímenes aduaneros de ingreso.


VII. DESCRIPCIÓN

A. Registro del mandato electrónico

1. Para registrar el mandato electrónico, el dueño, consignatario o consignante:
(...)

2. Una vez grabada la información señalada en el numeral anterior, el sistema comunica, a través del Buzón SOL, al dueño, consignatario o consignante y al agente de aduana, que el mandato electrónico ha sido registrado.
(…)

B. Rectificación del mandato electrónico

1. Para rectificar el mandato electrónico, el dueño, consignatario o consignante ingresa a SUNAT Operaciones en Línea del Portal Web de la SUNAT utilizando su usuario y clave SOL, y en la opción Rectificación de Mandato Electrónico consigna el número de RUC del agente de aduana a quien otorgó el mandato, selecciona el mandato electrónico a rectificar y modifica los datos que correspondan.
(...)

3. Una vez grabada la información señalada en el numeral anterior, el sistema comunica, a través del Buzón SOL, al dueño, consignatario o consignante y al agente de aduana, que el mandato electrónico ha sido rectificado.
(…)

C. Anulación de mandato electrónico

1. Para anular el mandato electrónico, el dueño, consignatario o consignante ingresa a SUNAT Operaciones en Línea del Portal Web de la SUNAT utilizando su usuario y clave SOL, y en la opción Anulación de Mandato Electrónico consigna el número de RUC del agente de aduana a quien otorgó dicho mandato, seleccionando el mandato electrónico a anular.
(...)

3. Una vez grabada la anulación el sistema comunica a través del Buzón SOL al dueño, consignatario o consignante y al agente de aduana, que el mandato electrónico ha sido anulado.

D. Vinculación del mandato electrónico con la declaración

(…)

3. Si los datos a rectificar en la declaración aduanera son el RUC del dueño, consignatario o consignante, o el documento de transporte, el sistema actualiza la vinculación del mandato electrónico con la declaración aduanera."
                      
Archivo Adjunto (Sólo para cambio de versión) :
Archivo Adjunto Actual:
Resolución: RIN N° 21-2017/SUNAT/310000
Procedimiento: 
 
Observaciones :
Responsable/Procedimiento:  
Responsable/Control Electrónico: Nelly Mandujano / Maria Agama / Magali Quenta Vela Fecha y Hora: 07.12.2017    14:20 hrs