PROCEDIMIENTOS ASOCIADOS
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CONTROL DE CAMBIOS - INTA.PE.00.11

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Asunto: Modifican Procedimiento INTA-PE.00.11 - Solicitud de Rectificación Electrónica de Declaración
Nº Resolución: 0504 / 2010 F. Vigencia: 01.09.2010
F. Publicación: 01.09.2010 F. Derogación: 
        
   NUMERAL

Modificar el literal b) del numeral 1 y literal e) del numeral 3, Sección VI

   TEXTO ANTERIOR
b) En los regímenes de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo, Admisión Temporal para Reexportación en el mismo Estado, Reimportación en el mismo Estado, Depósito Aduanero y Tránsito Aduanero, sólo con relación a los datos que no generen incidencia en la liquidación de los tributos, intereses y recargos aplicables.

e) Los datos que generen incidencia en la liquidación de los tributos, intereses y recargos aplicables en las declaraciones de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo, de Admisión Temporal para Reexportación en el Mismo Estado, de Reimportación en el Mismo Estado, de Depósito Aduanero y de Tránsito Aduanero.
   TEXTO ACTUAL

b) En los regímenes de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo, Admisión Temporal para Reexportación en el Mismo Estado y Depósito Aduanero, sólo con relación a los datos que no generen incidencia en la liquidación de los tributos, intereses y recargos aplicables.

e) Los datos que generen incidencia en la liquidación de los tributos, intereses y recargos aplicables en las declaraciones de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo, de Admisión Temporal para Reexportación en el Mismo Estado y de Depósito Aduanero.

                       
Archivo Adjunto (Sólo para cambio de versión) :
Archivo Adjunto Actual:
Resolución:  RSNAA-0504-2010
Procedimiento: 
 
Observaciones : La RSNAA-0504-2010/SUNAT/A, en su artículo 3° dice : Modifíquese el texto del Artículo 3º de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 003-2010/SUNAT/A que aprueba el Procedimiento de “Solicitud de Rectificación Electrónica de Declaración” INTA-PE.00.11 (versión 1) por el siguiente texto:

Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigencia conforme a lo dispuesto por el artículo 2º del Decreto Supremo N.º 010-2009-EF, modificado por los
Decretos Supremos N.º 319-2009-EF y N.º 096-2010-EF, para las intendencias de aduana de Ilo, Paita, Chimbote, Mollendo, Pisco y Salaverry.
Responsable/Procedimiento: Clara Garcia Molina
Responsable/Control Electrónico: Cecilia Beraún V. Fecha y Hora: 03.09.2010-02.34 pm