7.35 Descripción de Mercancía
“A. De la consignación de datos en el
Formato “A”- Ingreso de Mercancías
(…)
5.2 Modalidad de pago -
Código
(…)
En las
declaraciones de importación para el
consumo presentadas en las intendencias de
aduana Marítima del Callao, Chimbote, Ilo,
Mollendo, Paita, Pisco y Salaverry,
especificar la forma de pago cuando se
consigne el Código 7.”
(…)
7.37 Información Complementaria
(…)
Otros datos:
Asimismo, en las declaraciones de
importación para el consumo presentadas en
las intendencias de aduana Marítima del
Callao, Chimbote, Ilo, Mollendo, Paita,
Pisco y Salaverry, se transmite
electrónicamente los siguientes datos:
k) Unidad de Carga:
Contenedores y otras unidades de carga
Es el medio de acondicionamiento de la
mercancía para ser considerada como unidad
a efecto de permitir su transporte
internacional.
Se consigna el tipo
de unidad de carga según los siguientes
datos:
Código
|
Descripción
|
01
|
Barcazas o planchones
|
02
|
Contenedores
|
03
|
Furgones
|
04
|
Paletas
|
05
|
Remolques y semi- remolques
|
06
|
Tanques
|
07
|
Vagones o plataformas de ferrocarril
|
08
|
Otros elementos similares
|
l) Región de destino
Es la zona
geográfica en la cual se va a consumir las
mercancías importadas; en caso de no
conocer el lugar de consumo de la
mercancía o si esta es materia de
distribución en varios lugares, el agente
de aduana registra el código
correspondiente al departamento de la
jurisdicción de la intendencia de aduana
donde se numera la DAM.
Código
|
Departamento
|
40106
|
Cajamarca
|
40114
|
Lambayeque
|
40120
|
Piura
|
40124
|
Tumbes
|
40201
|
Amazonas
|
40222
|
San Martín
|
40316
|
Loreto
|
40410
|
Huánuco
|
40425
|
Ucayali
|
40502
|
Ancash
|
40513
|
La Libertad
|
40607
|
Callao
|
40615
|
Lima
|
40712
|
Junín
|
40719
|
Pasco
|
40808
|
Cusco
|
40817
|
Madre de Dios
|
40903
|
Apurímac
|
40905
|
Ayacucho
|
40909
|
Huancavelica
|
41004
|
Arequipa
|
41011
|
Ica
|
41118
|
Moquegua
|
41121
|
Puno
|
41123
|
Tacna
|
C. De la consignación de datos del
Formato “B”- Ingreso de Mercancías
(…)
1.3 Nivel Comercial
(…)
En las
declaraciones de importación para el
consumo presentadas en las intendencias de
aduana Marítima del Callao, Chimbote, Ilo,
Mollendo, Paita, Pisco y Salaverry,
especificar el nivel comercial cuando se
consigne el Código 5.
3.2
Condición
(…)
En
las declaraciones de importación para el
consumo presentadas en las intendencias de
aduana Marítima del Callao, Chimbote, Ilo,
Mollendo, Paita, Pisco y Salaverry,
especificar la condición cuando se
consigne el Código 4.
4.1
Naturaleza
(…)
En
las declaraciones de importación para el
consumo presentadas en las intendencias de
aduana Marítima del Callao, Chimbote, Ilo,
Mollendo, Paita, Pisco y Salaverry,
especificar la naturaleza cuando se
consigne el Código 28.
Otros datos:
Asimismo, en
las declaraciones de importación para el
consumo presentadas en las intendencias de
aduana Marítima del Callao, Chimbote, Ilo,
Mollendo, Paita, Pisco y Salaverry, se
transmite electrónicamente los siguientes
datos:
a) Tipo de medio de
pago Indicar el medio de pago
utilizado en la transacción, según las
opciones que se detallan:
Código
|
Descripción
|
01
|
Efectivo
|
02
|
Cheques bancarios
|
03
|
Orden de pago simple
|
04
|
Orden de pago documentaria
|
05
|
Remesa simple
|
06
|
Remesa documentaria
|
07
|
Carta de crédito simple
|
08
|
Carta de crédito documentario
|
09
|
Transferencias de fondos
|
10
|
Depósitos en cuentas
|
11
|
Giros
|
12
|
Tarjetas de débito
|
13
|
Tarjetas de crédito
|
14
|
Otros (especificar)
Corresponde declarar este código en los siguientes casos:
a)
Cuando a la fecha de numeración de
la DAM no se haya efectuado pago
alguno, o corresponda a un pago
diferido.
b)
Cuando se haya utilizado un medio
de pago distinto a los citados. En
este caso, especificar el medio de
pago utilizado.
c)
Cuando la transacción no genere
pago alguno. En este caso declarar
la expresión “sin pago”.
|
El uso de medios de pago es
obligatorio para las transacciones cuyos
importes resulten superiores a S/ 3,500 ó
US$ 1,000 en virtud a lo dispuesto por el
Texto Único Ordenado de la Ley N° 28194,
Ley para la Lucha contra la Evasión y para
la Formalización de la Economía, aprobado
por Decreto Supremo N° 150-2007-EF.
En caso de utilizarse más de un tipo
de medio de pago, corresponde declarar el
código del tipo de medio de pago con mayor
valor en relación al valor total pagado,
declarando en la casilla 5.20
“observaciones” el otro u otro(s) tipo(s)
de medio(s) de pago utilizado(s).
b) Entidad Financiera involucrada
Indicar el código de la entidad financiera
que intervino en la transacción comercial.
c) Datos de identificación del
medio de pago Indicar el
número o código de identificación del
medio de pago utilizado en la transacción
comercial.
d) Tipo de
Resolución Cuando la autoridad
aduanera haya emitido una resolución que
pueda afectar o no la determinación del
valor en aduana del despacho que se
tramita, registrar el tipo de resolución
según los siguientes datos:
Códigos
|
Descripción
|
01
|
Anticipada
|
02
|
Ajuste de valor permanente
|
03
|
Simplificada
|
04
|
Otros (Especifique)
|
e) Número de Resolución
Registrar el número del tipo de
resolución, en caso se haya declarado un
tipo de resolución.
f)
Fecha de la Resolución
Registrar la fecha de expedición de la
resolución, en caso se haya declarado un
tipo de resolución.”
5.16
Estado
(…)
En las
declaraciones de importación para el
consumo presentadas en las intendencias de
aduana Marítima del Callao, Chimbote, Ilo,
Mollendo, Paita, Pisco y Salaverry,
especificar el estado cuando se consigne
el Código 99.
6.
INTERMEDIARIO ENTRE EL IMPORTADOR Y
PROVEEDOR EXTRANJERO (…)
6.6 Tipo (…) En las
declaraciones de importación para el
consumo presentadas en las intendencias de
aduana Marítima del Callao, Chimbote, Ilo,
Mollendo, Paita, Pisco y Salaverry,
especificar el tipo de intermediación
cuando se consigne el Código 4.
|