PROCEDIMIENTOS ASOCIADOS

<-- Retroceder

CONTROL DE CAMBIOS - INSTRUCTIVO DESPA-IT.00.04

    .
Asunto:   Modifican el Instructivo "Declaración Aduanera de Mercancías (DAM)" DESPA-IT.00.04 (versión 2)
Nº Resolución: 18-2017 F. Vigencia:  26.12.2017 el Artículo 1  y  31.05.2018 el Artículo 2
F. Publicación:  26.11.2017 F. Derogación: 
                            
   NUMERAL

Artículo 1. Modificación de párrafo al instructivo “Declaración Aduanera de Mercancías (DAM)” DESPA-IT.00.04 (versión 2)
Modifícase el cuarto párrafo del casillero 7.35 del numeral 7 del literal B de la sección IV del instructivo "Declaración Aduanera de Mercancías (DAM)" DESPA-IT.00.04 (versión 2), aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N.° 041-2010/SUNAT/A, conforme al texto siguiente:

   TEXTO ANTERIOR
7.35 Descripción de Mercancía
(...)

Para el caso de subpartidas nacionales que comprendan concentrados de minerales metalíferos se indica lo siguiente:

-Descripción del concentrado, mediante su símbolo de la tabla periódica y su contenido en porcentaje (%), conforme al certificado de análisis.

Por ejemplo: concentrado de cobre: concentrado de Cu, 20%.
-Descripción del peso y humedad, mediante la cantidad de toneladas métricas húmedas TMH y secas TMS y porcentaje de humedad (%), conforme al certificado de pesos y humedad.

Por ejemplo: 50,000 TMH, 45,000 TMS, 10% humedad.
-Descripción de otros elementos pagables (elementos que añaden valor a la mercancía según contrato de compra-venta internacional y que pueden ser recuperados en el proceso de fundición y refinación), mediante su símbolo de la tabla periódica y su contenido en g/TM, conforme al certificado de análisis.

Por ejemplo: oro y plata: Au 30 g/TM, Ag 50 g/TM.
-Descripción de los elementos penalizables (elementos que ocasionan dificultades en el proceso de fundición o refinación según contrato de compra-venta internacional), mediante su símbolo de la tabla periódica y su contenido en porcentaje (%) o partes por millón (ppm) según corresponda, conforme al certificado de análisis.
Por ejemplo: arsénico y mercurio: As 0.1 %, Hg 50 ppm
(RIN Nº 45-2016- SUNAT/5F0000 - 26.11.2016)
   TEXTO ACTUAL

 7.35 Descripción de Mercancía
(...)


Para el caso de subpartidas nacionales que comprendan concentrados de minerales metalíferos se indica lo siguiente:

En la línea 1 (CAMPO Des.Comer) de la DAM (40) se consigna la descripción del concentrado según el contrato de compra venta internacional, mediante su símbolo de la tabla periódica. Indicar el número o código de identificación y fecha del contrato.

En la línea 2 (CAMPO Descrip 2) de la DAM (40) se consigna la descripción de otros elementos pagables según el contrato de compra venta internacional, mediante su símbolo de la tabla periódica.

En la línea 3 (CAMPO Descrip 3) de la DAM (40) se consigna la descripción de los elementos penalizables según el contrato de compra venta internacional, mediante su símbolo de la tabla periódica.

En la línea 4 (CAMPO Descrip 4) de la DAM (41) se consigna la siguiente descripción, conforme al informe de ensayo respectivo:
-Contenido del concentrado en porcentaje (%);
-Elementos pagables en g/TM; y
-Elementos penalizables en porcentaje (%) o partes por millón (ppm) según corresponda.
-Número del informe de ensayo y fecha de emisión, y número de RUC de la empresa que lo emite.

En la línea 5 (CAMPO Descrip 5) de la DAM (41) se consigna la siguiente descripción:
-Peso húmedo en TMH y peso seco en TMS según el certificado de peso;
-Porcentaje de humedad (%) según el informe de ensayo respectivo.
-Número del certificado de peso, número del informe de ensayo y fecha de emisión, y número de RUC de la empresa que los emite.

Por ejemplo:
Des.Comer : Concentrado_de_Cu; ContratoTTT-CU-PQR-344; 13032017
Descrip 2   : Pagables;Au;Ag
Descrip 3   : Penalizables;As;Hg;Bi
Descrip 4   : Cu20%;Au30g/TM;Ag50g/TM;As0.1%;Hg50ppm;Bi0.09%;
                     Inf_Ensayo_B55;240317;20111111111
Descrip 5
   : 50,000TMH;45,000TMS;C_Peso_B78;240317;20111111111
                    10%HUM;Inf_Ensayo_B56;240317;20111111111

Nota: La descripción no debe contener espacios en blanco.

                              
   NUMERAL

Artículo 2. Incorporación de párrafo al instructivo “Declaración Aduanera de Mercancías (DAM)” DESPA-IT.00.04 (versión 2)
Incorpórase un quinto párrafo al casillero 7.35 del numeral 7 del literal B de la sección IV del instructivo "Declaración Aduanera de Mercancías (DAM)" DESPA-IT.00.04 (versión 2), aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N.° 041-2010/SUNAT/A, conforme al texto siguiente:

   TEXTO ANTERIOR

 

   TEXTO ACTUAL

7.35 Descripción de Mercancía
(…)


Los informes de ensayo a los que se hace referencia en el párrafo anterior, son emitidos por un laboratorio acreditado ante el INACAL según la norma técnica NTP ISO/IEC 17025: 2006.

   
   NUMERAL

Artículo 3. Vigencia
La presente resolución entra en vigencia a los treinta días calendario contados a partir del día siguiente de su publicación, con excepción de lo dispuesto en el artículo 2 que entra en vigencia el 31 de mayo del 2018

     
                                                             
Versiones Anteriores :

 

Versión Actual: 
Resolución:  RIN N° 18-2017-SUNAT/310000   RS N° 301-2018/SUNAT
Procedimiento: 
 
Observaciones :   
Responsable/Procedimiento :   Luz Luque Gutierrez / Luis Pacheco Armas
Responsable/Control Electrónico: Nelly Mandujano / Maria Agama / Magali Quenta Vela Fecha y Hora: 07.12.2017 11:03 hrs