PROCEDIMIENTOS ASOCIADOS
INSTRUCTIVO: INGRESO - SALIDA DE BILLETES DE BANCO CON
CURSO LEGAL TRANSPORTADOS COMO CARGA
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I.
OBJETIVO
Establecer las
pautas para el ingreso y salida de billetes de banco con curso legal de
cualquier país, que lleguen o salgan al o del país como carga.
II. ALCANCE
Está
dirigido al personal de la Superintendencia Nacional de Administración
Tributaria – SUNAT y personas naturales y/o jurídicas que intervienen en el
despacho.
III. REFERENCIA
-
Decreto Supremo N° 017-2007-EF Arancel de Aduanas 2007 publicado el
18.02.2007 y sus modificatoria
- Ley
N° 27693 que crea la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú publicada el
12.04.2002 y modificatorias.
- Decreto
Supremo N° 018-2006-JUS Reglamento
de la Ley N° 27693 publicado el
25.07.2006.
-
Decreto Supremo N° 005-94-IN que aprueba el Reglamento de
Servicios de Seguridad Privada, publicado el 12.05.94.
-
Decreto Supremo Nº 123-2008-EF, que incorpora una Nota
Complementaria Nacional en el Capítulo 49 y modifica la tasa del derecho
arancelario ad valorem CIF de la subpartida nacional 4907.00.20.00, publicado
el 17.10.2008.
IV. NORMAS GENERALES
1.
El ingreso y salida
de billetes de banco con curso legal de cualquier país transportados como
carga se solicita mediante el formato Declaración de Ingreso - Salida de
Billetes de Banco con Curso Legal Transportados como Carga, según modelo
adjunto.
2.
Al momento de llegada o salida del
medio de transporte, en cumplimiento a lo dispuesto en el inciso b) del artículo
40° del Decreto Supremo N° 005-94-IN, los vehículos encargados del
transporte de dinero y valores pueden trasladarse hasta el costado de la
bodega de la aeronave, del andén o del muelle en caso de vía férrea o marítima,
lacustre o fluvial, respectivamente.
V.
DESCRIPCION
A.
Ingreso de billetes de banco con curso legal
1. Para
el ingreso de billetes de banco con curso legal de cualquier país
transportados como carga se
presenta la Declaración de Ingreso
– Salida de Billetes de Banco con Curso Legal Transportados como Carga,
en original y tres (03) copias. Adicionalmente a la Declaración se adjunta
los siguientes documentos:
-
el documento de transporte;
- la
carta del declarante designando a la empresa que realiza el trámite;
- la
carta de la empresa de transporte de dinero y valores designando al personal
encargado de la seguridad y traslado de los billetes, de corresponder;
-
el
documento que detalle el tipo de billete, denominación y monto.
2. La Declaración y la documentación sustentatoria son presentadas en el
horario normal de atención a la Oficina de Oficiales de Aduana de la
intendencia de aduana de ingreso para su recepción, numeración y trámite.
3. El oficial
de aduanas designado recibe la documentación, genera un número correlativo,
el que se consigna en la Declaración, firma y sella la declaración en señal
de conformidad.
4. El oficial
de aduanas designado para la verificación física se dirige al terminal de
almacenamiento, procede a la apertura de los bultos en forma aleatoria,
verifica que sean billetes de banco de acuerdo a lo declarado y diligencia la
declaración con el resultado de
su actuación.
5.
El
terminal de almacenamiento permite el retiro de los bultos con la Declaración
debidamente diligenciada.
6. Dentro el
primer día hábil siguiente de efectuada la verificación física de la
carga, la Oficina de Oficiales de Aduana remite la Declaración y los
documentos sustentatorios al área de manifiestos, para que se realice el
datado del documento de transporte.
7. El personal
encargado del área de manifiestos, luego del datado del documento de
transporte, devuelve la documentación a la Oficina de Oficiales de Aduana
para su archivo.
8. La
distribución de la declaración será de la siguiente manera:
Original:
Aduana
1º Copia: Agente de Aduana o empresa que realiza el trámite
2º Copia: Terminal de almacenamiento
3º Copia: Declarante
B.
Salida de billetes de banco con
curso legal
1.Para
la salida de billetes de banco con curso legal de cualquier país
transportados como carga se siguen los pasos 1, 2, 3, y 4 del rubro A
precedente.
2.
Efectuada la
verificación física y la diligencia, el oficial de aduanas entrega la
Declaración con la documentación sustentatoria a la empresa que realiza el
trámite.
3.
El terminal de almacenamiento permite el retiro de los bultos con la
Declaración debidamente diligenciada.
4.
Efectuado el traslado
de la carga, la compañía transportista es responsable del embarque de la
misma, debiendo consignar en el casillero de control de embarque la cantidad
de bultos efectivamente embarcados, peso bruto total, fecha y hora en que
termina el embarque, la firma y sello correspondiente.
5.
La empresa que realiza el trámite es la responsable de entregar la Declaración,
con el control de embarque, y toda
la documentación a la Oficina de Oficiales de Aduana, una vez culminado el trámite.
6.
La Oficina de Oficiales de Aduana remite al área de manifiestos, la Declaración
con los datos del control de
embarque, dentro del primer día hábil siguiente de producido éste, para el
datado del documento de transporte.
7.
El personal encargado del área de manifiestos, luego del datado del documento
de transporte, devuelve la
documentación a la Oficina de Oficiales de Aduana para su archivo.
8.
La distribución de las copias se efectuará conforme al numeral 8 del rubro A
precedente.
ANEXO:
INTRUCCIONES PARA EL LLENADO
Tipo de declaración
1. Marque el recuadro que corresponda según la operación de que se
trate.
2. Declarante
Corresponde a la empresa que solicita el ingreso o salida.
2.1 Escriba la razón social de la empresa.
2.2 Escriba el número del RUC de la empresa.
2.3 Escriba la dirección de la empresa.
2.4 Escriba el teléfono de la empresa.
3. Empresa que
realiza el trámite de ingreso o salida
Corresponde a la agencia de Aduana o Empresa que transporta dinero y valores.
3.1 Escriba la razón social de la empresa que realiza el trámite.
3.2 Escriba el RUC de la empresa que realiza el trámite.
3.3 Escriba la dirección de la empresa que realiza el trámite.
4. Destinatario o remitente de la carga
4.1 Escriba los nombres y apellidos o la razón social.
4.2 Escriba la dirección.
5. Medio de transporte
5.1 Escriba el nombre de la empresa de transporte.
5.2 Escriba medio de transporte (aéreo, marítimo, terrestre).
5.3 Escriba el número del documento de transporte (guía, conocimiento de
embarque, etc).
5.4 Escriba la fecha de llegada o de salida.
6. Datos de los Billetes de Banco con Curso Legal
6.1 Consignar el tipo de moneda.
6.2 Consignar el monto de los billetes con curso legal a ingresar o salir del
país.
6.3 Consignar el propósito del ingreso o salida.
6.4 Consignar el estado de los billetes (Buen estado, mal estado,
deteriorados).
7. Firma de la Declaración
Corresponde al Declarante
7.1 Nombres y Apellidos del representante legal.
7.2 Documentos de identidad.
7.3 Cargo en la empresa
7.4 Firma del representante legal de la empresa.
8. Diligencia
8.1 Firma y sello del funcionario responsable.
8.2 Nombre.
9. Control de Embarque
Corresponde a la empresa transportista
9.1 Razón Social de la empresa transportista.
9.2 Firma y sello del funcionario responsable
9.3 Nombres y apellidos del funcionario responsable.