Artículo 18º.- Incorpora y sustituyen numerales
del artículo 192º de la Ley General de Aduanas
aprobada por Decreto legislativo Nº 1053.
Incorpórese el numeral 8 en el inciso a) y
sustitúyase el numeral 1 del Inciso a), el
numeral 8 del inciso b) y el numeral 3 del
Inciso g) del artículo 192º de la Ley General de
Aduanas aprobada por Decreto Legislativo Nº
1053, de acuerdo a lo siguiente:
Artículo 192º.- Infracciones sancionables con
multa
Cometen infracciones sancionables con multa:
(…)
c) Las empresas de servicios postales, cuando:
(…)
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