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GJA-03: LEY GENERAL DE ADUANAS

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Asunto:  FE DE ERRATAS, Decreto Legislativo que modifica la Ley General de Aduanas 
Norma: Decreto Legislativo Nº 1109 F. Vigencia:  29.06.2012
F. Publicación:  29.06.2012 F. Derogación: 
        
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   TEXTO ANTERIOR

Artículo 18º.- Incorpora y sustituyen numerales del artículo 192º de la Ley General de Aduanas aprobada por Decreto legislativo Nº 1053.

Incorpórese el numeral 8 en el inciso a) y sustitúyase el numeral 1 del Inciso a), el numeral 8 del inciso b) y el numeral 3 del Inciso g) del artículo 192º de la Ley General de Aduanas aprobada por Decreto Legislativo Nº 1053, de acuerdo a lo siguiente:

Artículo 192º.- Infracciones sancionables con multa

Cometen infracciones sancionables con multa:

(…)

c) Las empresas de servicios postales, cuando: (…) 

 

   TEXTO ACTUAL

Artículo 18º.- Incorpora y sustituyen numerales del artículo 192º de la Ley General de Aduanas aprobada por Decreto legislativo Nº 1053.

Incorpórese el numeral 8 en el inciso a) y sustitúyase el numeral 1 del Inciso a), el numeral 8 del inciso b) y el numeral 3 del Inciso g) del artículo 192º de la Ley General de Aduanas aprobada por Decreto Legislativo Nº 1053, de acuerdo a lo siguiente:

Artículo 192º.- Infracciones sancionables con multa

Cometen infracciones sancionables con multa:

(…)

g) Las empresas de servicios postales, cuando: (…) 

                      
Archivo Adjunto 

 

 
Observaciones :
Responsable/Control Electrónico: Juan Medina Zavala Fecha y Hora:  29.06.2012  12:12:49 p.m.