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GJA-03: LEY GENERAL DE ADUANAS

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Asunto:  Ley de Facilitación del Comercio Exterior
Norma: Ley  Nº 28977 F. Vigencia: 10.02.2008
F. Publicación:  09.02.2007 F. Derogación: 
        
   ARTICULO

Artículo 15º.- Conformación del Consejo Consultivo en Temas Aduaneros

Agrégase la Décima Disposición Complementaria al Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas aprobado por Decreto Surpemo Nº 129-2004-EF, en los términos siguientes:

   TEXTO ANTERIOR
 
   TEXTO ACTUAL

"Décima: Confórmase el Consejo Consultivo en Temas Aduaneros con el fin de constituir una instancia de diálogo y coordinación entre la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y los operadores de comercio exterior.

El Consejo Consultivo en Temas Aduaneros se conforma con el propósito de establecer mecanismos que permitan maximizar la eficacia operativa del comercio exterior, facilitar el comercio exterior, reducir costos e incrementar la eficiencia.  Asimismo, se considera que la participación de los operadores de comercio exterior puede contribuir en el proceso de desarrollo con el fin de asegurar la mejora continua del servicio aduanero.

El Consejo Consultivo en Temas Aduaneros será presidido por la SUNAT y estará integrado por los representantes del sector privado que son los operadores de comercio exterior, un representante del Ministerio de Economía y Finanzas, y un representante del Ministeiro de Comercio Exterior y Turismo.

Mediante decreto supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas, y de Comercio Exterior y Turismo, se determinarán las funciones y atribuciones del Consejo Consultivo en Temas Aduaneros." 

                      
Archivo Adjunto 

 

Archivo Norma:    Ley  Nº 28977
 
Observaciones :
Responsable/Control Electrónico: Juan Medina Zavala Fecha y Hora:  09.02.2007  12:12:49 p.m.