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GJA-03: LEY GENERAL DE ADUANAS

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Asunto:  Ley de Simplificación Aduanera
Norma: Ley  Nº 29176 F. Vigencia: 04.01.2008
F. Publicación:  03.01.2008 F. Derogación: 
        
   ARTICULO

Artículo 4º.- Modificación del artículo 78º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas

Modifícase el artículo 78º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 129-2004-EF, con el texto siguiente: 

   TEXTO ANTERIOR

Artículo 78º .- 

Es el régimen aduanero por el cual se importan sin el pago de los derechos arancelarios y demás impuestos que gravan la importación, mercancías equivalentes a las que habiendo sido nacionalizadas han sido transformadas, elaboradas o materialmente incorporadas en productos exportados definitivamente.

   TEXTO ACTUAL

"Artículo 78º .- 

Es el régimen aduanero por el cual se importan, sin el pago de los derechos arancelarios y demás impuestos que gravan la importación, mercancías equivalentes a las que, habiendo sido nacionalizadas, han sido transformadas, elaboradas o materialmente incorporadas en productos exportados definitivamente.  Son beneficiarios del régimen los importadores productores y los exportadores productores que hayan importado por cuenta propia los bienes sujetos a Reposición de Mercancías en Franquicia."

                      
Archivo Adjunto 

 

Archivo Norma:  Ley  Nº 29176
 
Observaciones :
Responsable/Control Electrónico: Juan Medina Zavala Fecha y Hora:  03.01.2008  12:12:49 p.m.