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GJA-00.04: REGLAMENTO DE LA LEY Nº 28977, LEY DE FACILITACIÓN DEL COMERCIO EXTERIOR

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Asunto:  REGLAMENTO DE LA LEY Nº 28977, LEY DE FACILITACION DEL COMERCIO EXTERIOR
Norma:  D S Nº 022-2008-EF F. Vigencia: 09.02.2008 algunos artículos
F. Publicación:   08.02.2008 F. Derogación: 
        
   ARTICULO

Artículo 2º Modificación de los Artículos 88º, 89º, 90º, 91º y 92º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005-EF

Modifíquense los artículos 88º, 89º, 90º, 91º y 92º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2002-EF, por los siguientes textos:

   TEXTO ANTERIOR

Artículo 92º.- En casos debidamente justificados, la intendencia de aduana de la circunscripción donde se encuentre el medio de transporte, podrá permitir su reemplazo por otra unidad de transporte autorizada por el Sector Transportes, bajo control aduanero.

   TEXTO ACTUAL

"Artículo 92º.- En casos debidamente justificados, la intendencia de aduana de la circunscripción donde se encuentre el medio de transporte mediante el cual se realizará el respectivo tránsito podrá autorizar su reemplazo por otra unidad de transporte debidamente acreditada, previo control de la autoridad aduanera."

                      
Archivo Adjunto 

 

Archivo Norma:  D.S. Nº 022-2008-EF
 
Observaciones :
Responsable/Control Electrónico: Juan Medina Zavala Fecha y Hora:  09.02.2008  12:12:49 p.m.