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GJA-00.04: REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE ADUANAS

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Asunto:  MODIFICAN EL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE ADUANAS APROBADO POR DECRETO SUPREMO Nº 010-2009-EF
Norma:  D S Nº 307-2013-EF F. Vigencia: 01.01.2014
F. Publicación:   13.12.2013 F. Derogación: 
        
   ARTICULO

Artículo 3º.- Sustitución del literal m) e incorporación del literal n) en el artículo 201º del Reglamento de la ley General de Aduanas, aprobado por DecretoSurpemo Nº 010-2009-EF

Sustitúyase el literal m) e incorpórese el literal n) en el artículo 201º del Reglamento de la ley General d eAduans, aprobado por Decreto Surpemo Nº 010-2009-EF, en los términos siguientes:

 

   TEXTO ANTERIOR

 

Artículo 201º.- Legajamiento

La autoridad aduanera, a petición expresa del interesado o de oficio, dispondrá que se deje sin efecto las declaraciones numeradas tratándose de:

 

(...)       

m)       Otras que determine la Administración Aduanera.

 

La autoridad aduanera dispondrá se deje sin efecto estas declaraciones, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones por infracciones incurridas por los operadores de comercio exterior en las declaraciones que se legajan.  

 

 

   TEXTO ACTUAL

 

Artículo 201º.- Legajamiento

La autoridad aduanera, a petición expresa del interesado o de oficio, dispondrá que se deje sin efecto las declaraciones numeradas tratándose de:

 

(...)

m)  Mercancías que se hayan acogido al sistema de garantía previa en todas las series de la declaración, sin corresponderle.

n)   Otras que determine la Administración Aduanera.

 

La autoridad aduanera dispondrá se deje sin efecto estas declaraciones, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones por infracciones incurridas por los operadores de comercio exterior en las declaraciones que se legajan.  

 

 
                      
Archivo Adjunto 

 

Archivo Norma:  D.S. Nº 307-2013-EF
 
Observaciones :
Responsable/Control Electrónico: Juan Medina Zavala Fecha y Hora:  13.12.2013  12:12:49 p.m.