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GJA-00.04: REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE ADUANAS

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Asunto:  MODIFICAN EL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE ADUANAS APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 010-2009-EF
Norma:  D S Nº 367-2019-EF F. Vigencia: 10.12.2019
F. Publicación:   9.12.2019 F. Derogación: 
        
   ARTICULO
Artículo 2. Modificación de diversos artículos y el Título II de la Sección Segunda del Reglamento de la Ley General de Aduanas
Modifícanse los artículos 9 y 10, el Título II de la Sección Segunda y los artículos 60, 63, 64, 82, 83, 84, 108, 130, 138, 139, 142, 143, 144, 145, 146, 147, 148,149, 150, 154, 156, 158, 160, 161, 162, 166, 167, 168,187, 189, 190, 195, 201, 211, 213, 215, 217, 219, 220,227, 230, 232, 248 y 249 del Reglamento de la Ley General de Aduanas, conforme al texto siguiente:
   TEXTO ANTERIOR

Artículo 190º.- Documentos de destinación aduanera y la información de la declaración

La destinación aduanera es solicitada mediante declaración presentada a través de medios electrónicos, o por escrito en los casos que la Administración Aduanera lo determine.

 

La Administración Aduanera aprueba el formato y contenido de la declaración, así como autoriza el uso de solicitudes u otros formatos, los cuales tendrán el carácter de declaración.


El declarante debe consignar la información requerida en la declaración y suscribirla. Asimismo, debe transmitir electrónicamente los documentos sustentatorios previstos en el presente Reglamento y presentarlos físicamente en los casos establecidos por la Administración Aduanera. (*) (**)

 

(*) Sustituido por Decreto Supremo Nº 245-2013-EF del 01.10.2013

(**) Modificado por Decreto Supremo Nº 163-2016-EF del 22.6.2016 

 

 

   TEXTO ACTUAL
Artículo 190. Documentos de destinación aduanera
La destinación aduanera es solicitada mediante declaración presentada a través de medios electrónicos, o por escrito en los casos que la Administración Aduanera lo determine.
La Administración Aduanera aprueba el formato y contenido de la declaración, así como autoriza el uso de solicitudes u otros formatos, los cuales tienen el carácter de declaración.
                      
Archivo Adjunto 

 

Archivo Norma:  D.S. Nº 367-2019-EF
 
Observaciones :
Responsable/Control Electrónico: Samuel Gabino Franco Guevara Fecha y Hora:  9.12.2019  12:22:49 p.m.