RECAUDACIÓN
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CONTROL DE CAMBIOS - PROCEDIMIENTO ESPECIFICO

RECA-PE.03.06 : SISTEMA DE GARANTÍAS PREVIAS A LA NUMERACIÓN DE LA DECLARACIÓN (*)

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Asunto: Sustituyen Disposición Complementaria Transitoria Única de la RSNAA N° 615-2009/SUNAT/A que aprobó el Procedimiento IFGRA-PE.39 Versión 1 (*)
Nº Resolución: 0503/2010 F. Vigencia: 02.09.2010
F. Publicación: 01.09.2010 F. Derogación: 
        
   NUMERAL

  Disposición Complementaria Transitoria Única

   TEXTO ANTERIOR

Única.- Las deudas determinadas en los regímenes de restitución de derechos arancelarios, tránsito aduanero, envíos de entrega rápida o en las solicitudes de transferencia de mercancías importadas con exoneración o inafectación tributaria o en las solicitudes de traslado de mercancías de zona de tributación especial a zona de tributación común se incluirán, en el Sistema de Garantías Previas, a medida que se implemente los módulos informáticos. 



La Intendencia Nacional de Técnica Aduanera comunicará las fechas a partir de las cuales los usuarios podrán afectar sus cuentas corrientes con dichas obligaciones.”
 
   TEXTO ACTUAL
Única.- Las deudas determinadas en los regímenes de admisión temporal para perfeccionamiento activo, admisión temporal para reexportación en el mismo estado, restitución de derechos arancelarios, tránsito aduanero, envíos de entrega rápida o en las solicitudes de transferencia de mercancías importadas con exoneración o inafectación tributaria o en las solicitudes de traslado de mercancías de zona de tributación especial a zona de tributación común se incluirán, en el Sistema de Garantías Previas, a medida que se implemente los módulos informáticos. 

La Intendencia Nacional de Técnica Aduanera comunicará las fechas a partir de las cuales los usuarios podrán afectar sus cuentas corrientes con dichas obligaciones.”

                      
Archivo Adjunto (Sólo para cambio de versión) :

 

Archivo Adjunto Actual: IFGRA.PE.39
Resolución: RSNAA-0503-2010-SUNAT/A   
Procedimiento: Sistema de Garantías Previas a la Numeración de la Declaración
 
Observaciones :

(*) Procedimiento IFGRA-PE.39 recodificado como INPCFA-PE.03.06 con la RSNAA No. 00171-2013/SUNAT/300000 con vigencia desde el 20-07-2013 

(*)  RECODIFICADO 2017 :  RECA-PE.03.06

Sustituyen Disposición Complementaria Transitoria Única de la Resolución Sup. Nac. Adjunta de Aduanas N° 615-2009/SUNAT/A

Responsable/Procedimiento : LUZ ROMANI SEMINARIO / MARTIN QUINECHE 
Responsable/Control Electrónico: EDGAR CUÉLLAR JÁUREGUI Fecha y Hora: 07/09/2010  16:33:00 horas