PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N.° 183-2004/SUNAT, A FIN DE REGULAR LA APLICACIÓN DEL SISTEMA DE PAGO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS (SPOT) A LA VENTA DE INMUEBLES GRAVADA CON EL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (IGV)

 

 

 

SUNAT

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

 

Temas a que se refiere el proyecto de resolución de superintendencia (Conforme a lo establecido por el numeral 2.2 del artículo 14° del Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS)

 

El proyecto de resolución de superintendencia modifica la Resolución de Superintendencia N.° 183-2004/SUNAT y normas modificatorias, que aprobó normas para la aplicación del SPOT, a fin de regular la aplicación del referido sistema a la venta de inmuebles gravada con el IGV. Además, regula el segundo párrafo de la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.° 940, que establece la obligación de los notarios de informar a la SUNAT en la forma, plazo y condiciones que ésta establezca, los casos en los que no se hubiera acreditado el pago del íntegro del depósito correspondiente a la venta de inmuebles sujeta al SPOT

 

 

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Los comentarios al proyecto de resolución de superintendencia pueden dirigirse hasta el día 15 del mes de Enero de 2013 a la siguiente dirección:

Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
Av. Garcilazo de la Vega N° 1472, Lima.

Los comentarios también se podrán remitir vía correo electrónico a la siguiente dirección:

Obs proy@sunat.gob.pe

La persona encargada de recibir los comentarios es: Mariela Timana B.