PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 8° DE LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N.° 271-2013/SUNAT QUE CREA EL SISTEMA DE EMISIÓN ELECTRÓNICA DE LA GUÍA DE REMISIÓN ELECTRÓNICA PARA BIENES FISCALIZADOS Y DESIGNA EMISORES ELECTRÓNICOS DEL REFERIDO SISTEMA

SUNAT

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Temas a que se refiere el proyecto resolución de superintendencia (Conforme a lo establecido por el numeral 2.2 del artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y normas modificatorias)

El proyecto de resolución de superintendencia:

a) Modifica el artículo 8° de la Resolución de Superintendencia N.° 271-2013/SUNAT, a efecto de restringir la concurrencia de la emisión de la Guía de Remisión Electrónica para Bienes Fiscalizados con la emisión de la Guía de Remisión en formatos impresos y/o importados por imprentas autorizadas, en los supuestos en los que la SUNAT determine el uso obligatorio del referido sistema.

b) Designa emisores electrónicos para el Sistema de Emisión Electrónica Guía de Remisión Electrónica BF creado por la Resolución de Superintendencia N.° 271-2013/SUNAT, a fin de optimizar el control en el transporte y traslado de insumos químicos fiscalizados en las áreas ubicadas en zonas de producción de coca o de su influencia, que sirvan para la elaboración de drogas ilícitas.

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Los comentarios al proyecto de Resolución de Superintendencia pueden dirigirse hasta el día 09 del mes de Enero de 2015 a la siguiente dirección:

Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
Av. Garcilaso de la Vega N.° 1472, Lima.

Los comentarios también se podrán remitir vía correo electrónico a la siguiente dirección: iqbf@sunat.gob.pe

La persona encargada de recibir los comentarios es: Maria Pamela Lisno Salguero