PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N.° 255-2013/SUNAT

SUNAT

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

 

Temas a que se refiere el proyecto resolución de superintendencia (Conforme a lo establecido por el numeral 2.2 del artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y normas modificatorias)

 

 

El proyecto de Resolución de Superintendencia sustituye el inciso d) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución de Superintendencia N.° 255-2013/SUNAT, que aprueba normas que regulan las obligaciones de registro de operaciones y de informar pérdidas, robo, derrames, excedentes y desmedros a que se refieren los artículos 12° y 13° del Decreto Legislativo N.° 1126, a efecto que el Usuario tenga la posibilidad de rectificar el Inventario Inicial presentado, inclusive luego del plazo establecido.

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Los comentarios al proyecto de resolución de superintendencia pueden dirigirse hasta el día 01 del mes de julio 2014 a la siguiente dirección:

 

Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria

Av. Garcilazo de la Vega N.° 1472, Lima.

 

Los comentarios también se podrán remitir vía correo electrónico a la siguiente dirección: iqbf@sunat.gob.pe

 

La persona encargada de recibir los comentarios es Erika Jurado Corimanya