PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE REGULA EL TRASLADO DE BIENES UTILIZANDO EL SISTEMA DE EMISIÓN ELECTRÓNICA

 

SUNAT

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA



Temas a que se refiere el proyecto de resolución de superintendencia (conforme a lo establecido por el numeral 2.2 del artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y modificatorias):

 

El proyecto de resolución de superintendencia, principalmente:

 

a) Establece una regulación que permite el uso de la emisión electrónica respecto del traslado de la generalidad de los bienes, permitiendo en una primera etapa, que se opte por ello.

b) Se regula el traslado de bienes con la guía de remisión electrónica, la factura electrónica o la nota de crédito electrónica – traslado, cuando corresponda. Así como la oportunidad de la emisión y la entrega de la representación impresa de la guía de remisión electrónica.

c) Se establecen las reglas para la emisión de la GRE – remitente complementaria, la GRE – transportista complementaria, la NCE – traslado remitente y la NCE – traslado transportista.

d) Consecuentemente con la regulación antes señalada, se modifican diversos artículos del Reglamento de Comprobantes de Pago, y de la Resolución de Superintendencia N.° 300-2014/SUNAT y normas modificatorias, así como de las Resoluciones N.OS188-2010/SUNAT( SEE –Portal) y 097-2012/SUNAT (SEE- Del Contribuyente).

 

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Los comentarios al proyecto de Resolución de Superintendencia pueden dirigirse hasta el día 19 del mes de agosto de 2015 vía correo electrónico a la siguiente dirección:

 

e-comprobantes@sunat.gob.pe