PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE MODIFICA LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 379-2013/SUNAT PARA LOS SUJETOS OBLIGADOS A LLEVAR LOS REGISTROS DE VENTAS E INGRESOS Y DE COMPRAS DE MANERA ELECTRÓNICA A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2015

SUNAT

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

El proyecto de resolución de superintendencia modifica las condiciones establecidas en la Resolución de Superintendencia N.° 379-2013/SUNAT para los sujetos obligados a llevar los registros de ventas e ingresos y de compras de manera electrónica a partir del 1 de enero de 2015.

Asimismo, establece los sujetos que a partir del 1 de enero de 2016 estarán obligados a llevar los mencionados registros de manera electrónica.

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Los comentarios al proyecto de resolución de superintendencia pueden dirigirse hasta el día 19 del mes de enero de 2015 vía correo electrónico a la siguiente dirección: e-libros@sunat.gob.pe.  

La persona encargada de recibir los comentarios es: Gisella Cuentas Pardo.