PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 210-2004/SUNAT Y NORMAS MODIFICATORIAS A FIN DE SIMPLIFICAR LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS PARA LA REALIZACIÓN DE ALGUNOS TRÁMITES EN EL RUC
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SUNAT SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA |
El proyecto de resolución de superintendencia modifica la Resolución de Superintendencia N.° 210-2004/SUNAT que aprueba las disposiciones reglamentarias del Decreto Legislativo N.° 943, Ley del Registro Único de Contribuyentes, a fin de que:
a) Se permita realizar los
trámites en el RUC empleando ejemplares impresos de los recibos de servicios
públicos o estados de cuentas bancarias emitidos virtualmente así como con
duplicados o segundas copias de dichos documentos.
b) No tengan obligación de presentar documentos adicionales al DNI las personas
naturales que al realizar los trámites en el RUC se identifiquen con dicho
documento, declaren como domicilio fiscal o establecimiento anexo la dirección
que figure en el DNI y se encuentren afectas al impuesto a la renta por rentas
de primera, segunda y/o cuarta categoría y/o se acojan al Nuevo Régimen Único
Simplificado.
c) Señalar que el documento que excepcionalmente podrán presentar los sujetos
que deban sustentar el domicilio que declaran, cuando no cuenten con alguno de
los documentos adicionales detallados en los anexos N.os 1 y 2, será el emitido
por una entidad de la administración pública en el que conste de manera expresa
la dirección que se declara como domicilio fiscal o establecimiento anexo
autorizando o señalando un lugar donde el deudor tributario desarrollará sus
actividades.
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Los comentarios al
proyecto de resolución de superintendencia pueden dirigirse hasta el día
30 del mes de marzo de 2015, a la
siguiente dirección: |