PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N.° 285-2014/SUNAT QUE DICTA NORMAS QUE REGULAN LA DISPOSICIÓN DE LOS BIENES FISCALIZADOS Y LOS MEDIOS DE TRANSPORTE INCAUTADOS AL AMPARO DEL DECRETO LEGISLATIVO N.° 1126

SUNAT

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

Temas a que se refiere el proyecto resolución de superintendencia (Conforme a lo establecido por el numeral 2.2 del artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y normas modificatorias).

El proyecto de Resolución de Superintendencia modifica la Resolución de Superintendencia N.° 285-2014/SUNAT a efecto de establecer que para la disposición de los insumos químicos, productos y sus subproductos o derivados, así como de los medios de transporte utilizados para su traslado, incautados en aplicación de la Tabla de Infracciones y Sanciones del Decreto Legislativo N.° 1126, es de aplicación lo señalado en la presente resolución en lo que resulte pertinente.

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Los comentarios al proyecto de resolución de superintendencia pueden dirigirse hasta el día 20 del mes de noviembre de 2015 a la siguiente dirección:  

Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria
Av. Garcilazo de la Vega N.° 1472, Lima.  

Los comentarios también se podrán remitir vía correo electrónico a la siguiente dirección: iqbf@sunat.gob.pe

La persona encargada de recibir los comentarios es Johanna Elizabeth Casani Chirinos.