PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE MODIFICA LA REGULACIÓN DE LA EMISIÓN DE COMPROBANTES DE PAGO, NOTAS DE CRÉDITO, NOTAS DE DÉBITO, COMPROBANTES DE RETENCIÓN Y COMPROBANTES DE PERCEPCIÓN NO ELECTRÓNICOS REALIZADA POR EL EMISOR ELECTRÓNICO POR DETERMINACIÓN DE LA SUNAT

SUNAT

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA


Temas a que se refiere el proyecto de resolución de superintendencia (conforme a lo establecido por el numeral 2.2 del artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y modificatorias):

 

El proyecto de resolución establece límites y una nueva condición para la autorización de comprobantes impresos a ser emitidos por un emisor electrónico obligado al SEE, así como de nuevos requisitos en el formato del documento impreso. De otro lado, el proyecto deroga la posibilidad de continuar emitiendo documentos impresos en los casos de reorganización de sociedades y cuando el obligado sea una entidad pública. Además, el proyecto obliga a cumplir con la información de la estructura de la factura electrónica en el supuesto que se emita un comprobante impreso en situaciones de contingencia.
 

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Los comentarios al proyecto de resolución de superintendencia pueden dirigirse hasta el día 22 del mes de abril de 2018 vía correo electrónico a la siguiente dirección electrónica: e-comprobantes@sunat.gob.pe