PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE ESTABLECE DISPOSICIONES PARA LA PRESENTACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE DETERMINADOS DOCUMENTOS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE NULIDAD DE OFICIO Y DE FISCALIZACIÓN VINCULADOS AL RÉGIMEN TEMPORAL Y SUSTITUTORIO DEL IMPUESTO A LA RENTA PARA LA DECLARACIÓN, REPATRIACIÓN E INVERSIÓN DE RENTAS NO DECLARADAS ASÍ COMO PARA EL PAGO DERIVADO DE LA DIFERENCIA DE TASAS APLICABLES

SUNAT

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA


Temas a que se refiere el proyecto de resolución de superintendencia
(Conforme a lo establecido por el numeral 2.2 del artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y modificatorias):

 

El proyecto de resolución de superintendencia tiene por objeto aprobar las disposiciones que permitan:

 

1.   A los sujetos que se encuentren en cualquiera de las causales de exclusión del Régimen establecidas en el artículo 11 del Decreto Legislativo, presentar los descargos respectivos a través de SUNAT Virtual.

2.   Al contribuyente:

a)  Presentar el sustento y las solicitudes de prórroga del plazo para dicha presentación en el procedimiento de fiscalización del Régimen.

b)  Realizar el pago de la diferencia del impuesto a que se refiere el párrafo 13.2 del artículo 13 del Reglamento.

3.   A la SUNAT, notificar en el buzón electrónico del contribuyente determinados documentos vinculados al procedimiento de fiscalización del Régimen y la carta de descargos.

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Los comentarios al proyecto de resolución de superintendencia pueden dirigirse hasta el día 11 de julio de 2018 a la siguiente dirección electrónica:

repatriacion_consultas@sunat.gob.pe

La persona encargada de recibir los comentarios es: Luis Villacorta Varas