PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE COMPROBANTES DE PAGO EN CUANTO A LA AUTORIZACIÓN DE IMPRESIÓN Y/O IMPORTACIÓN DE DOCUMENTOS

SUNAT

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

Tema a que se refiere el proyecto de resolución de superintendencia (Conforme a lo establecido por el numeral 2.2 del artículo 14° del Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS):

El proyecto de resolución de superintendencia modifica el Reglamento de Comprobantes de Pago aprobado por la Resolución de Superintendencia N.° 007-99/SUNAT. El referido proyecto establece, entre otros, lo siguiente:

i) obtener el código de usuario y la clave SOL;

(ii) haber cumplido previamente con la comunicación o actualización del número de teléfono móvil o la dirección de correo electrónico, tratándose de un sujeto que ha comunicado a la SUNAT una afectación de tributos que no incluya el impuesto a la renta por rentas de tercera categoría;

(iii) haber generado el Registro de Ventas e Ingresos Electrónico y el Registro de Compras Electrónico y registrado o anotado en estos sus actividades u operaciones, de estar obligado a llevar dichos registros;

(iv) haber presentado la declaración jurada anual del impuesto a la renta por rentas de tercera categoría, de estar obligado a ello, y

(v) contar con la aceptación del trabajo de impresión y/o importación por la imprenta designada en el Formulario Virtual N.° 816.

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Los comentarios al proyecto de resolución de superintendencia pueden remitirse vía correo electrónico hasta el día 21 del mes de Mayo de 2018 a la siguiente dirección: jflores4@sunat.gob.pe La persona encargada de recibir los comentarios es: Juan Flores