PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE ESTABLECE LA FORMA Y CONDICIONES PARA QUE EL SUJETO FISCALIZADO REALICE LA PRESENTACION DE LA DECLARACIÓN A LA QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 62-C DEL CÓDIGO TRIBUTARIO
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SUNAT SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA |
El proyecto de resolución de superintendencia establece la forma y condiciones para que el sujeto fiscalizado realice la presentación de la declaración de los datos de los involucrados en el diseño o aprobación o ejecución de los actos, situaciones o relaciones económicas que originan la aplicación de la norma anti-elusiva general conforme a lo dispuesto en el artículo 62-C del Código Tributario.
Los comentarios al proyecto de resolución de superintendencia pueden dirigirse hasta el día 18 del mes julio 2019, a la siguiente dirección de correo electrónico: lsoto@sunat.gob.pe
La persona encargada de recibir los comentarios es el señor Luis Soto Zevallos.
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