PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N.° 173-2013/SUNAT QUE APRUEBA LAS NORMAS RELATIVAS AL REGISTRO PARA EL CONTROL DE LOS BIENES FISCALIZADOS.

SUNAT

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA


Temas a que se refiere el proyecto resolución de superintendencia
(Conforme a lo establecido por el numeral 2.2 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y normas modificatorias)

 

El proyecto de resolución de superintendencia modifica la Resolución de Superintendencia N.° 173-2013/SUNAT que aprueba las normas relativas al Registro para el Control de los Bienes Fiscalizados a efecto de establecer los supuestos en los que la SUNAT de oficio modifica o actualiza la información del Registro para el Control de los Bienes Fiscalizados, así como para establecer los supuestos adicionales en los que la SUNAT da de baja la inscripción del usuario en el citado registro (entre otros, por el incumplimiento de los requisitos del artículo 7 del Decreto Legislativo N.° 1126, que establece medidas de control en los insumos químicos y productos fiscalizados, maquinarias y equipos utilizados para la elaboración de drogas ilícitas).

Dar click para ver archivo

Los comentarios al proyecto de resolución de superintendencia pueden dirigirse hasta el día 30 del mes de setiembre 2019 a la siguiente dirección:

Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria Av. Garcilaso de la Vega N.° 1472, Lima.

Los comentarios también se podrán remitir vía correo electrónico a la siguiente dirección  iqbf@sunat.gob.pe

La persona encargada de recibir los comentarios es Marilyn Rosmery Mondragon Mendoza y/o Dieter Martin Reyes Apestegui.