PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE REGULA LA PRESENTACIÓN DE LA COMUNICACIÓN DEL ACTO DE DESTRUCCIÓN DE EXISTENCIAS Y DE LOS DOCUMENTOS QUE SUSTENTAN DICHA DESTRUCCIÓN

SUNAT

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

Temas a que se refiere el proyecto de resolución de superintendencia (conforme a lo dispuesto en el numeral 2.2 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS):

  1. Regular la forma y condiciones para la presentación de las comunicaciones previas del acto de destrucción de existencias a que se refiere el inciso c) del artículo 21 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo N.° 122-94-EF; así como la forma, plazo y condiciones para la presentación del informe que sustente dicha destrucción, a que se refiere el cuarto párrafo de dicho inciso.
  2. Establecer la obligación de presentar el acta de destrucción de existencias extendida por el Notario Público o la constancia del acto de destrucción otorgada por el Juez de Paz, así como la forma, plazo y condiciones para dicha presentación.
  3. Regular la información que deben contener los documentos indicados en el numeral 1.
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Los comentarios al proyecto de resolución de superintendencia pueden dirigirse hasta el día 29 del mes de octubre de 2023, a la siguiente dirección: iperez@sunat.gob.pe