PRINCIPALES DISPOSITIVOS PUBLICADOS EL DÍA MIÉRCOLES 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2000

 

ECONOMÍA Y FINANZAS

NOMBRE  

RECURSO DE QUEJA MOTIVO  FALLO

- Marcos Vega Bravo  

 

Queja contra Resolución N° 437-5-99 emitida por el Tribunal Fiscal. Omitir pronunciarse respecto de la  competencia del SAT para resolver reclamos.  IMPROCEDENTE

- Prescilio Liñán Aguirre 

Queja contra el Tribunal Fiscal 

Haber incurrido en demora al resolver el recurso de apelación.

INFUNDADO

- Quality Spinning S.A. 

Queja contra el Tribunal Fiscal 

Cuestiona aspectos de fondo.

INFUNDADO

- Edwin Ower Mendoza Manchego, Alcalde de la Municipalidad de Torata, Moquegua. 

Queja contra el Tribunal Fiscal por resolución de ésta.  La resolución declara fundada un recurso de queja interpuesto contra resolución de Municipalidad. IMPROCEDENTE

- Stoc Ingeniería y Servicios S.R.L. 

 Queja contra el Tribunal Fiscal  Impugnar resoluciones formalmente emitidas por el Tribunal Fiscal. IMPROCEDENTE

- Augusto Álvarez Rueda 

Queja contra la Resolución N° 931-3-99 emitida por el Tribunal Fiscal.

Omitir pronunciarse respecto de la  competencia de la SAT para resolver reclamos

INFUNDADO

- HOTEX S.A. 

Queja contra el Tribunal Fiscal por resoluciones emitidas por éste.   Resolución declaró infundada Queja contra la SUNAT por trabar embargo en forma de intervención. INFUNDADO

- Inversiones Esplendor  EIRLtda. 

Queja contra el Tribunal Fiscal  Impugnar resoluciones formalmente emitidas por el Tribunal Fiscal. IMPROCEDENTE

 

ECONOMÍA Y FINANZAS

01

 

Resolución Ministerial N° 026-2000-EF/15.

Pág.183561

Precios FOB de referencia para la aplicación de los derechos específicos correspondientes a la importación de productos agropecuarios.

Por la presente resolución se publican los precios FOB de referencia para la aplicación del derecho específico variable a que se refiere el Decreto Supremo N° 133-94-EF, para la semana comprendida entre el 24 y el 30 de enero del año 2000 para el caso del maíz, arroz y azúcar.

 

ADUANAS

01

 

Resolución de Intendencia Nacional N° 000 ADT/2000-000325

Pág.183578

Aprueban procedimiento INTA-PE.01.15, referido a la exoneración del IGV e IPM a la importación de bienes para consumo en la Amazonía – Ley N° 27037.

El presente procedimiento tiene como objetivo establecer las pautas a seguir para la aplicación de la exoneración del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal, en la importación de bienes que se destinen al consumo en la Amazonía , de conformidad con lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria de la Ley N° 27037- Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía.

La entrada en vigencia de la presente norma es a partir del 14 de febrero del año 2000.

Mediante este procedimiento se establece entre otros aspectos, los siguientes:

- La importación exonerada del IGV e IPM, solamente procede respecto de los bienes especificados y totalmente liberados en el Arancel Común Anexo al Protocolo Modificatorio del Convenio de Cooperación Aduanera Peruano – Colombiano y de los bienes contenidos en el Apéndice del Decreto Ley N° 21503.

- Se acogen a la exoneración del IGV e IPM las empresas ubicadas en la Amazonía siempre que cumplan con lo señalado en el artículo 2° del D.S. N° 103-99-EF, Reglamento de las Disposiciones Tributarias contenidas en la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía.

Para dicho efecto, el SIGAD valúa la condición de beneficiario, de acuerdo con la información suministrada por la SUNAT.

- La aplicación de la exoneración del IGV e IPM procede en las modalidades de exoneración directa en la importación y devolución mediante Notas de Crédito Negociables.

- La Intendencia Nacional de Recaudación Aduanera deberá enviar mensualmente a la SUNAT, la información relacionada con las Notas de Crédito Negociables, y comunicar a las Aduanas de Destino, para el cobro del IGV e IPM , luego que la SUNAT haya verificado el uso indebido del beneficio tributario.

 

LECTURAS SUGERIDAS

DIARIO EL PERUANO:

 

1. Personal de ONP inspeccionará pago de pensiones en bancos.

Pág. 10

2. CCL: debe promoverse eliminación de barreras paraarancelarias.

Pág. 18

3. Arrendamiento financiero facilita adquisición de bienes de capital.

Pág. 28

4. La adopción. En: Consultorio jurídico.

Pág. 28

DIARIO GESTIÓN:

1. Asetup: MEF evaluará reducción del ISC a combustibles.

Pág. 11

2. Cámara de Comercio pide encuentro con ministro Efraín Goldemberg.

Pág. 15

3. La escisión de sociedades (XVI). En: Derecho y negocios.

Pág. 20

4. ¿Error u omisión?.

Pág. 20

5. Recuperación, pero todavía no crecimiento.

Pág. 22

 

PROGRAMA DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO PATRIMONIAL

BOLETÍN OFICIAL (PÁG. 27 )

NOMBRE 

CONVOCATORIA  HORA  LUGAR

- Transportes Andía EIRL 

24 y 29 de marzo y 03 de abril del año 2000.

10: 00 am.  Av. Industrial N° 3197, distrito de Independencia.

Asimismo, se comunica a los acreedores de la empresa antes indicada, que podrán presentar sus solicitudes de reconocimiento de créditos hasta el día 03 de marzo del año 2000, ante el Fedatario respectivo.